Por el cual se fija la cuantía de una fianza

Rango Decreto
Publicación 1922-05-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El primer Designado, encargado del Poder Ejecutivo,

en uso de sus atribuciones legales. y teniendo en cuenta el dictamen del Consejo de Ministros emitido en la sesión de fecha 22 de los corrientes

decreta

Artículo único. Fíjase en cinco mil pesos la cuantía de la fianza que debe otorgar el señor Rosendo A. Cepeda, para ocupar el puesto de Tesorero Recaudador de los impuestos fluviales en Barranquilla, para que ha sido nombrado por Decreto número 408 del presente año.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 2 de mayo de 1922

JORGE HOLGUIN-El Ministro de Obras Públicas, Próspero MARQUEZ.

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