por el cual se subroga el Decreto numero 0526 del 5 de marzo de 1981, que creo el Consejo Asesor de la Política para la Pequeña y Mediana Industria Manufacturera y se designan representantes al Comite Subregional de la Pequeña y Mediana Industria

Rango Decreto
Publicación 1987-04-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, y según lo previsto en el artículo 1º del Decreto 1050 de 1968 y de conformidad con los artículos 3º y 4º de la Decisión 209 del Acuerdo de Cartagena,

DECRETA:

Artículo 1º El Decreto 526 del 5 de marzo de 1981 quedará así:

"Artículo primero. Créase el Consejo Asesor de la Política para la Pequeña y Mediana Industria Manufacturera.

Artículo segundo. En el Ministerio de Desarrollo Económico funcionará el Consejo a que se refiere el artículo anterior, el cual será integrado de la siguiente forma:

Parágrafo. Cuando el Consejo lo estime conveniente podrá citar a sus reuniones a representantes de otras entidades y organismos oficiales o privados.

Artículo tercero. La Secretaría Técnica del Consejo estará a cargo del Jefe de la División de Programación Sectorial del Ministerio de Desarrollo Económico.

Artículo cuarto. El Consejo se reunirá por lo menos una vez al mes o cuando fuere convocado por el Ministro.

Artículo quinto. El Consejo Asesor de la Política para la Pequeña y Mediana Industria Manufacturera, creado por este Decreto, tendrá como funciones las siguientes:

Artículo sexto. El Consejo Asesor de la Política para la Pequeña y Mediana Industria podrá sesionar válidamente con la mayoría de sus miembros y sus decisiones se tomarán por la mayoría simple de los presentes.

Artículo séptimo. El Ministerio de Desarrollo Económico creará comités, comisiones, o grupos de trabajo que asesorarán al Consejo en las políticas y programas que se determine".

Artículo 2º Para efectos de lo dispuesto por el artículo 8º de la Decisión número 209 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena de 16 de mayo de 1986, el Consejo Asesor de la Política para la Pequeña y Mediana Industria, desempeñará las funciones del Comité Nacional de la Pequeña y Mediana Industria.
Artículo 3º Designase al Ministro de Desarrollo Económico o su delegado como representante principal del Comité Subregional de la Pequeña y Mediana Industria contemplado en el artículo 3º de la Decisión 209 del Acuerdo de Cartagena. Actuará como su suplente o representante alterno el Director del Instituto Colombiano de Comercio Exterior INCOMEX. Como segundo miembro principal del Comité Subregional de la Pequeña y Mediana Industria, el Presidente de la Asociación Colombiana Popular de Industriales ACOPI. Actuará como suplente el Gerente de la Corporación Financiera Popular.
Artículo 4º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 3 de abril de 1987.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Desarrollo Económico,

Miguel Alfonso Merino Gordillo.

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