sobre honores a la memoria del Sr. General MANUEL CASABLANCA
El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo,
CONSIDERANDO:
1.° Que hoy ha fallecido en esta ciudad el Sr, General Manuel Casablanca;
2.° Que tan eminente ciudadano estuvo consagrado desde su juventud á la defensa de los principios que forman la base y el espíritu de las actuales instituciones;
-
- ° Que en todas nuestras desgraciadas guerras civiles, á partir de 1860, el General Casablanca sirvió con decisión, pericia y bravura singulares y alanzó en 1885 el más alto grado de la carrera militar;
-
- ° Que en la presente contienda prestó al Gobierno importantes y señalados servicios, entre los cuales se recuerda de un modo especial el haber salvado, mediante su prestigio, grande energía, perseverancia y actividad, los retos del Ejército vencido en Peralonso;
-
- ° Que el General Casablanca desempañó cargos importantes, como los de Gobernador de1 Departamento del Tolima, en distintas épocas, Ministro de Gobierno y Guerra, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario en Alemania, exhibiendo en ellos gran patriotismo; inteligencia y consagración; y
-
- ° Que recientemente desempeñó con acierto, cerca del Gobierno de los Estados Unidos de Venezuela, una comisión importante y delicada,
DECRETA:
Art. 1. ° El Gobierno lamenta profundamente el fallecimiento del Sr. General Manuel Casablanca de público testimonio de gratitud por los servicios que prestó á la Patria tan eximio ciudadano y recomienda su memoria al respeto y veneración de los colombianos.
Art. 2.° Todos los miembros del Ejército llevar fin luto por el término de diez días, y se tributarán al finado en toda la República los demás honores que, conforme, al Código Militar, corresponden á los Generales en Jefe en ejercicio de sus funciones.
Art. 3. ° Las exequias del General Casablanca, que han de hacerse con la mayor Solemnidad posible, serán costeadas por el Tesoro público, y concurrirán á ellas el Ejército y las Corporaciones y empleados públicos residentes en la capital.
Art. 4.° Un ejemplar de este Decreto será presentado, por medio de una Comisión especial del Ministerio de Guerra, á la señora viuda y a los hijos del ilustre difunto.
Publíquese.
Dado en Bogotá, á 27 de Mayo de 1901.
JOSE MANUEL MARROQUÍN
El Ministro de Gobierno,
Guillermo Quintero C.
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Antonio José Uribe
El Ministro de Instrucción Pública, encargado del Despacho de Hacienda,
Miguel Abadía Méndez
El Ministro de Guerra,
Ramón González Valencia.
El Ministro del Tesoro,
Enrique Restrepo García.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.