Por el cual se elige como vía nacional la carretera Banco - Chimichagua

Rango Decreto
Publicación 1938-04-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República, de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

Que la Ley 69 de 1937 ordenó, hacer los estudios, trazados y presupuesto de la carretera que partiendo de El Banco vaya a Chimichagua, en el Departamento del Magdalena, para que una vez hechos, el Gobiérno eligiera entre esta carretera y la navegación del río César, en el trayecto comprendido entre El Banco, Chimichagua y El Paso, cuyos estudios ordenó hacer la Ley 46 de 1936; y

Que el Departamento del Magdalena tiene construida ya la carretera Banco-Chimichagua, con especificaciones adecuadas para el tránsito,

DECRETA:

Artículo único. Adóptase como vía nacional, de acuerdo con la Ley 69 de 1937, la carretera que partiendo de El Banco vaya a Chimichagua, en el. Departamento del Magdalena, e incorpórase para su sostenimiento en la red nacional de carreteras.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 28 de marzo de 1938.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Obras Públicas,

César GARCIA ALVAREZ

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