Por el cual se hacen unas distribuciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1972, (Ministerio de Salud Pública), por $ 132.740.000.00
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 12 de la Ley 9ª de 1972 facultó al Gobierno Nacional para distribuir las partidas liquidadas en el Presupuesto de Gastos que necesiten ser divididas, teniendo en cuenta las solicitudes de los respectivos Ministerios y Departamentos Administrativos y los .requisitos, exigidos en el texto de cada apropiación;
Que tales distribuciones deben ser originarias del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para lo cual solo se requiere 1a firma de su respectivo Ministro, previo estudió de 1a Dirección General del Presupuesto;
Que el Ministerio de Salud Pública ha solicitado la aplicación de la precitada norma para el reparto de la suma de $ 132.740.000.00 apropiada en su Presupuesto de Inversión de la actual vigencia;
Que el Departamento Nacional de Planeación ha manifestado su aceptación a la propuesta presentada a su consideración por parte del Ministerio de Salud Pública, y
Que la Dirección General del Presupuesto encuentra ajustada a las disposiciones legales vigentes la petición propuesta,
DECRETA:
Artículo 1º Hacer la siguiente, distribución en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1973
PRESUPUESTO DE INVERSION
Ministerio de Salud Pública
Capítulo 630
Ministerio de Salud Pública
Programa 636
Construcción y terminación de hospitales.
Inversión indirecta
Recursos del crédito externo,
BIRF
| 589 352. Artículo. 6358. Para entregar al Fondo Nacional Hospitalario con destino a la terminación de Hospitales Universitarios, según distribución por decreto del Ministerio de Salud, Departamento Administrativo de Planeación y Dirección General, del Presupuesto $ 6.000.000.00 | |
|---|---|
| Que se distribuye así: | |
| Proyecto 1 Hospital Universitario de Cartagena | $6.000.000 |
| 589 352. Artículo; .6359. Para entregar al Fondo Nacional Hospitalario con destino a la iniciación de Hospitales-Regionales, según distribución por decreto. $ 7.700.000.00. | |
| Que se distribuye así: | |
| Proyecto .1. Hospital Nuevo de Quibdó | 4.000.000 |
| Proyecto 2. Hospital Nuevo de Cúcuta | 2.000.000 |
| Proyecto 3. Hospital Nuevo de Mocoa | 1.000.000 |
| Proyecto 4. Hospital Nuevo dé San Andrés | 700.000 |
| 589 352. Artículo 6360. Para entregar al Fondo Nacional Hospitalario, con destino a la reparación, y/o replanificación de Hospitales Regionales, según distribución por Decreto. $300.000. | |
| Que se distribuye así: | |
| Proyecto 1. Hospital de El Banco | 300.000 |
| 589 352. Artículo 6361. Para entregar al Fondo Nacional Hospitalario, con destino a la iniciación de Hospitales Regionales, según distribución por decreto del Ministerio de Salud, Departamento Administrativo de Planeación y la Dirección General del Presupuesto. $ 3.240.000. | |
| Que se distribuye así: | |
| Proyecto 1. Hospital Nuevo de San Andrés | 3.240.000 |
| 589 352. Artículo 6362. Para entregar al Fondo Nacional Hospitalario con destino a la reparación y replanificación de locales en otros hospitales, según distribución por decreto del Ministerio de Salud, Departamento Administrativo de Planeación y la Dirección General del Presupuesto | 1.760.000. |
| Que se distribuye así: | |
| Proyecto 1. Hospital .de Nótagaima | 760.000. |
| Proyecto 2 Hospital de Ipiales | 1.000.000 |
| Fondos de Desarrollo Sectorial | Fondos de Desarrollo Sectorial |
| 589 352. Articuló 6364. Para entregar al Fondo Nacional Hospitalario, con destino a la ampliación de hospitales universitarios, según distribución por decreto del Ministerio de Salud. Departamento Administrativo de Planeación y la Dirección General del' Presupuesto. $ 15.000.000. | |
| Que se distribuye parcialmente así: | |
| Proyecto 1. Hospital La Misericordia | 2.000.000 |
| Proyecto 2.Hospital Universitario Manizales | 2.000.000 |
| 589 352. Artículo 6365. Para entregar al Fondo Nacional Hospitalario, con destino a la reparación y replanificación de Hospitales Universitarios, según distribución por decreto del Ministerio de Salud, Departamento Administrativo de Planeación y la Dirección General del Presupuesto. $10.000.000 | |
| Que se distribuye parcialmente así: | |
| Proyecto 1. Hospital Universitario Evaristo García de Cali | 4.800.000 |
| 589 352. Artículo 6366. Para entregar al Fondo Nacional Hospitalario, con destino a la iniciación de hospitales regionales, según distribución por decreto. $ 800.000. | |
| Que se distribuye así: | |
| Proyecto 1. Hospital de Carmen de Bolívar | 500.000 |
| Proyecto 2. Hospital de Mompós | 300.000 |
| 589 352. Artículo 6368. Para entregar el Fondo Nacional Hospitalario, con destino a la ampliación de hospitales regionales, según distribución por decreto del Ministerio de Salud, Departamento Administrativo de Planeación y la Dirección General del Presupuesto. $ 14.200.000. | |
| Que se distribuye así: | |
| Proyecto 1. Clínica Lux Castro Gutiérrez de Medellín | $ 2.000.000 |
| Proyecto 2. Hospital Regional de Barranquilla | 3.000.000 |
| Proyecto 3. Hospital Santander de Quilichao | 500.000 |
| Proyecto 4. Hospital Rosario Pumarejo de López de Valledupar | 2.000.000 |
| Proyecto 5. Hospital de Ciénaga | 1.000.000 |
| Proyecto 6. Hospital San Jorge de Pereira | 500.000 |
| Proyecto 7. Hospital de San Gil | 1.000.000 |
| Proyecto 8. Hospital del Líbano | 1.000.000 |
| Proyecto 9. Hospital San Juan de Dios de Cali | 3.200.000 |
| 589 352. Artículo. 6369. P a r a entregar al Fondo Nacional Hospitalario, con destino a la reparación y replanificación de hospitales regionales, según distribución por decreto del Ministerio de Salud Departamento Administrativo de Planeación y la Dirección General del Presupuesto. $ 2.730.000. | |
| Que se distribuye parcialmente así: | |
| Proyecto 1. Hospital de Vélez | 500.000 |
| Proyecto 2. Hospital del Socorro | 700.000 |
| Proyecto 3. Hospital del Líbano | 1.000.000 |
| 589 352. Artículo 6370. Para entregar al Fondo Nacional Hospitalario, con destino a la ampliación de locales en otros hospitales, según distribución por decreto del Ministerio de Salud, Departamento Administrativo de Planeación y la Dirección General del Presupuesto, $ 2.240.000. | |
| Que se distribuye parcialmente así: | |
| Proyecto 1. Hospital de Condoto | 300.000. |
| Proyecto 2. Hospital de Puente Nacional | 300.000 |
| Proyecto 3. Hospital de Saldaña | 640.000 |
| Recursos ordinarios | |
| 589 352. Artículo 6374. Para entregar al Fondo Nacional Hospitalario, con destino a la iniciación de hospitales universitarios, según, distribución por decretó, previo concepto del Departamento Nacional de Planeación y la Dirección General del Presupuesto. $ 3.000.000. | |
| Que se distribuye así: | |
| Proyecto 1. Hospital San José de Popayán | 3.000.000 |
| 589.352. Artículo 6376. Para entregar al Fondo Nacional Hospitalario, con destino a la iniciación de hospitales regionales, según distribución por decreto del Ministerio de Salud, Departamento Administrativo de Planeación y la Dirección General del Presupuesto. $ 1.900.000. | |
| Que se distribuye así: | |
| Proyecto 1. Hospital Regional de Sincelejo | 1.900.000. |
| 589 352. Artículo 6377. Para entregar al Fondo Nacional Hospitalario, con destino a la terminación de locales en otros hospitales, según distribución por decreto del Ministerio de Salud, Departamento Administrativo de Planeación y la Dirección General del Presupuesto $ 65.000. | |
| Proyecto 1. Hospital Kennedy de Riofrio | 65.000 |
| 589 352. Artículo 6378. Para entregar al Fondo Nacional Hospitalario, con destino a la ampliación de locales en otros hospitales, según distribución por decreto del Ministerio de Salud, Departamento Administrativo de Planeación y la Dirección General del Presupuesto. $ 935.000. | |
| Que se distribuye así: | |
| Proyecto 1. Hospital de Apartado | 300.000 |
| Proyecto 2. Hospital de San Juan del Cesar | 100.000 |
| Proyecto 3. Hospital de Agradó | 100.000 |
| Proyecto 4. Hospital de Palermo | 200.000 |
| Proyecto 5. Hospital de Melgar | 235.000 |
| 589 352. Artículo 6379. Para entregar al Fondo Nacional Hospitalario, con, destino a la iniciación de locales en otros hospitales, según distribución por decreto del Ministerio de Salud, Departamento Administrativo de Planeación y la Dirección General del Presupuesto. $ 1.000.000. | |
| Que se distribuye así: | |
| Proyecto 1 Hospital de Miraflores | $ 1.000.000 |
| Bonos de valor constante | |
| 539 352. Artículo 6380. Para entregar al Fondo Nacional Hospitalario, con destino a la ampliación de hospitales universitarios, según distribución por decretó del Ministerio de Salud Departamento Administrativo de Planeación y la Dirección General del Presupuesto 15.000.000. | |
| Que se distribuye así: | |
| Proyecto 1. Hospital San Vicente de Paúl, Medellín | 4.000.000 |
| Provecto .2 Hospital Universitario de Cartagena | 9.000.000 |
| Proyecto 3. Hospital Infantil del Norte, de Bogotá | 2.000.000 |
| 589 352. Artículo 6381. Para entregar al Fondo Nacional Hospitalario, con destino a la terminación de hospitales universitarios, según distribución por decreto del Ministerio de Salud. Departamento Administrativo de Planeación y la Dirección General del Presupuesto. $6.800.000 | |
| Que se distribuye así: | |
| Proyecto 1. Hospital de Barranquilla | 5.400.000 |
| Proyecto 2. Hospital San José de Bogotá, D. E | 1.400.000 |
| 589 352. Artículo 6382. Para entregar al Fondo Nacional Hospitalario con destino a la reparación y/o replanificación de hospitales universitarios según distribución por decreto del Ministerio de Salud, Departamento Administrativo de Planeación y la Dirección General del Presupuesto. $ 8.800.000. | |
| Que, se distribuye así: | |
| Bogotá, D. E: | |
| Proyecto 1 Hospital San Juan de Dios | 7.000.000 |
| Proyecto 2. Hospital .San José | 200.000 |
| Proyecto 3: Hospital La Samaritana | 600.000 |
| Proyecto 4. Hospital San Ignacio | 1.000.000. |
| 589 352. Artículo 6383 Para entregar al Fondo Nacional Hospitalario, con destino a la iniciación de hospitales regionales, según distribución por decreto del Ministerio de Salud, Departamento Administrativo de Planeación y la Dirección' • General del Presupuesto. $ 19.660.000. | |
| Que se distribuye así: | |
| Proyecto 1 Hospital de Tunja | 660.000 |
| Proyecto 2 Hospital de Duitama | 1.000.000. |
| Proyecto 3. Hospital San Juan de Dios de Riosucio | 1.000.000 |
| Proyecto 4. Hospital San Marcos de Chinchina | 1.000.000 |
| Proyecto 5. Hospital de Neiva | 3.900.000 |
| Proyecto 6. Hospital de Pitalito | 1.000.000 |
| Proyecto 7. Hospital Clínica ICSS de Pasto | 1.100.000. |
| Proyecto 8. Hospital San Juan de Dios de Armenia | 1.000.000 |
| Proyecto 9. Hospital de Sincelejo | 2.000.000 |
| Proyecto 10. Hospital de Buenaventura | 4.000.000 |
| Proyecto 11. Hospital de San Andrés | 3.000.000 |
| 539 352. Artículo 6384. para entregar al Fondo Nacional Hospitalario, con destino a la terminación de hospitales regionales, según distribución por decreto del Ministerio de Salud, Departamento Administrativo de Planeación y la Dirección General del -Presupuesto. $ 3.000.000. | |
| Que se distribuye así: | |
| Proyecto 1. Hospital Federico Lleras Acosta de Ibagué | 2.500.000 |
| Proyecto 2. Hospital de Tuluá | 500.000. |
| 589 352. Artículo 6385. Para entregar al Fondo Nacional Hospitalario, con destino a 1a. ampliación de hospitales regionales, según distribución por decreto de Salud, Departamento Administrativo de Planeación y la Dirección General del Presupuesto. | $ 10.433.000. |
| Que se distribuye así | |
| Proyecto 1. Hospital Clínica ICSS de Pasto | 4.540.000 |
| Proyecto 2. Hospital de Tuquerres | 500.000,00 |
| Proyecto 3. Hospital de Tumaco | 2.000.000. |
| Proyecto 4. Hospital de La Unión | 1.000.000 |
| Proyecto 5. Hospital de Ocaña | 500.000 |
| Proyecto 6. Hospital de Barrancabermeja | 200.000 |
| Proyecto 7. Hospital de Corozal | 100.000 |
| Proyecto 8. Hospital del Líbano | 93.0.00 |
| Proyecto 9. Hospital de Chaparral | 1.000.000 |
| Proyecto 10. Hospital Mental de Armero | 500.000 |
| 589 352. Artículo 6387. Para entregar al Fondo Nacional Hospitalario, con destino a la reparación y replanificación de hospitales regionales, según distribución por decreto del Ministerio de Salud, Departamento Administrativo de Planeación y la Dirección General del Presupuesto | 2.907.000. |
| Que se distribuye así: | |
| Proyecto 1. Hospital del Líbano | $2.907.000 |
| 589 352. Artículo 6386. Para entregar al Fondo Nacional Hospitalario, con destino a la ampliación de locales en otros hospitales, según distribución por decreto del Ministerio de Salud, Departamento Administrativo de Planeación y la Dirección General del Presupuesto. $ 3.635.000. | |
| Que se distribuye así: | |
| Proyecto 1. Hospital de Puerto, Berrio | 1.000.000 |
| Proyecto 2, Hospital de Sonsón | 135.000 |
| Proyecto 3. Hospital de Villeta | 400.000 |
| Proyecto 4. Hospital Clínica ICSS de Pasto | 1.300.000 |
| Proyecto 5. Hospital del Guamo | 600.000 |
| Proyecto 6. Hospital de Ginebra | 200.000 |
| 589 352. Artículo 6388. Para entregar al Fondo Nacional Hospitalario, con destino a la reparación y replanificación de locales en los pítales universitarios; según, distribución por decreto del Ministerio de Salud, Departamento Administrativo de Planeación y la Dirección General del Presupuesto $1.665.000. | |
| Que se distribuye así: | |
| Bogotá, D. E: | |
| Proyecto 1. Hospital de la Samaritana | 1.665.000 |
| 589 352. Artículo. 6389. Para entregar al Fondo Nacional Hospitalario, con destino a la ampliación de locales en otros hospitales, según distribución por decreto del Ministerio de Salud, Departamento Administrativo de Planeación y la Dirección General del Presupuesto. $ 963:000. | |
| Que se distribuye así: | |
| Proyecto 1. Hospital de Codazzi | 663.000. |
| Proyecto 2. Hospital de Piedecuesta | 300.000 |
| 589 352. Artículo 6390. Para entregar al Fondo Nacional Hospitalario, con destino a la reparación y replanificación de locales en otros hospitales según distribución por decreto del Ministerio de Salud, Departamento Administrativo de Planeación y la Dirección General del Presupuesto. $ 737.000. | |
| Que se distribuye así: | |
| Proyecto 1. Hospital de Magangué | 300.000 |
| Proyecto 2. Hospital de Yopal | 200.000 |
| Proyecto .3. Hospital de Codazzi | 37.000 |
| Proyecto 4. Hospital de Purificación | 200.000 |
| Bonos de Desarrollo Económico | |
| 589 352. Artículo 6393. Para entregar al Fondo Nacional Hospitalario, con destino a la iniciación de hospitales universitarios, según distribución por decreto, previo concepto del Departamento Nacional de Planeación y la Dirección General del Presupuesto. $ 6.000.000. | |
| Que se distribuye así: | |
| Proyecto 1. Hospital San José de Popayán | 5.400.000 |
| Proyecto 2. Hospital Nuevo de Cali | 600.000 |
| Total | $ 132.740.000 |
Artículo 2º El presente Decretó rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá; D. E., a 13 de abril de 1973.
MISAEL PASTRANA BORRERO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Llorente Martínez.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.