por el cual se prorroga el término para reconocer y legalizar gastos correspondientes al bienio económico de 1897 y 1898

Rango Decreto
Publicación 1901-06-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Vicepresidente de la Republica, encargado del Poder Ejecutivo,

En ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución, y

CONSIDERANDO

Que conforme al Decreto de carácter legislativo, número 157 de 1900 (13 de Octubre), desde el 31 de Marzo próximo pasado venció la prorroga de la vigencia -económica de 1897 y 1898; y que por causa de la rebelión no pudieron terminarle en tal fecha los reconocimientos y legalizaciones de los gastos del servicio público referente a ella lo cual podrá verificar de modo conveniente y satisfactorio en el curso del año que rige,

decreta

Artículo único. Prorrogase hasta el 31 de diciembre del presente año 'la vigencia económica del bienio de 1897 y 1898; y que por causa de la rebelión de que trata el artículo 20 de la Ley 33 de 1892.

Las oficinas ordenadoras que hubieren cerrado los libros correspondientes á dicha vigencia, volverán á abrirlos en la forma ordinaria para que continúen describiendo en ellos las operaciones á que dé lugar el cumplimiento de este Decreto.

En los anteriores términos quedan reformados los Decretos de carácter legislativo números 602 de 1899, 723 y 157 de 1900, publicados respectivamente, en los números 11,178, 11,270 y 11,345 del Diario Oficial.

Publíquese.

Dado en Bogotá, á 27 de Mayo de 1901

José Manuel MARROQUÍN

El Ministro de Gobierno, Guillermo Quintero C. -El Ministro de Relaciones Exteriores, Antonio José Uribe. El Ministro de Instrucción Pública, encargado del Despacho de Hacienda, Miguel Abadía Méndez-El Ministro de Guerra, Ramón González Valencia. El Ministro del Tesoro, Enrique Restrepo García.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.