Por el cual se crean unos cargos en el Instituto Electrónico de Idiomas

Rango Decreto
Publicación 1960-04-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

DECRETA:

Artículo único. Créanse, a partir del 1° de marzo de 1900, dos cargos de Profesores, de Idiomas, y dos de Ayudante de Laboratorio, en el Instituto Electrónico de Idiomas, con asignaciones de $ 12.50 la hora de clase para cada uno de los Profesores, y $ 500.00 mensuales para cada uno de los ayudantes de Laboratorio.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 15 de marzo de 1960.

ALBERTO LLERAS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Hernando Agudelo Villa.

El Ministro de Educación Nacional,

AbelNaranjoVillegas.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.