Por el cual se crean unos cargos en el Instituto Electrónico de Idiomas
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
- 1° Que por Decreto número 3258 de 1959, se autorizo al Instituto Electrónico «le Idiomas para adquirir veinte (211) máquinas más de grabación ron el fin de iniciar los cursos de: francés, alemán, ruso e italiano;
- 2° Que las citadas máquinas ya fueron entregadas al Instituto y en el mes de marzo se inician labores en los idiomas enunciados;
- 3° Que si aumentaron los cursos de inglés y el personal de Profesores con que cuenta el Instituto no alcanza a cubrir simultáneamente estas horas, por cuanto cada grupo es de veinte (20) alumnos y en inglés, son 6, además de los cuatro (4) grupos en los otros idiomas, empezando tareas a las 6 de la mañana y concluyéndolas a las 9 de la noche;
- 4° Que se hace indispensable la colaboración de dos (2) ayudantes más en los Laboratorios, pues el Instituto en la actualidad sólo cuenta con un técnico y un ayudante que son absolutamente insuficientes para controlar tres laboratorios en diferentes idiomas,
DECRETA:
Artículo único. Créanse, a partir del 1° de marzo de 1900, dos cargos de Profesores, de Idiomas, y dos de Ayudante de Laboratorio, en el Instituto Electrónico de Idiomas, con asignaciones de $ 12.50 la hora de clase para cada uno de los Profesores, y $ 500.00 mensuales para cada uno de los ayudantes de Laboratorio.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 15 de marzo de 1960.
ALBERTO LLERAS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Hernando Agudelo Villa.
El Ministro de Educación Nacional,
AbelNaranjoVillegas.
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