Por el cual se convoca el Congreso a sesiones extraordinarias
El Vicepresidente de la República encargado del Poder Ejecutivo,
En uso de sus facultades constitucionales y oído el dictamen del Consejo de Estado,
DECRETA:
Artículo único. Convóquese el Congreso a sesiones extraordinarias desde el día diez y siete del presente mes.
En estas sesiones se ocupará el Congreso de los negocios que el Gobierno someta á su consideración por medio de los Ministros del Despacho.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 16 de Noviembre de 1896.
- M. A. CARO.
El Ministro de Gobierno,
Antonio Roldan.
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