Por el cual se crean unos cargos en planteles dependientes de la División de Educación Industrial y Comercial del Ministerio de Educación Nacional

Rango Decreto
Publicación 1960-04-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO:

Que el crecimiento normal de muchos planteles nacionales de educación industrial y comercial exige que se aumente el número de cursos en los distintos grados de estas clases de enseñanza, para atender en parte a la gran demanda de matricula;

Que como consecuencia del aumento del numero de cursos se hace inevitable el aumento de plazas de Profesorado de Cultura General, de Coordinadores, Jefes e Instructores de Taller, asi como de a'gunos empleados administrativos;

Que algunos Institutos de personal numeroso de alumnos no cuentan con servicios tan necesarios como los de Capellán, Médico, Odontólogo y Enfermero, y

Que en la mayoría de las Escuelas Industriales y Comerciales el Pagador hace las veces de Almacenista, sin que el nombramiento se le haya Jieeho conjuntamente para los dos cargos, circunstancia que ha dado lugar a que los Pagadores se nieguen a recibir y atender los Almacenes de las Escuelas,

DECRETA:

Artículo primero. Créanse los siguientes cargos:

Instituto Técnico Industrial "Pascual Brauo" de Medellín:

3 Profesores-Directores de Grupo (1ª categoría).

1 Profesor-Director de Grupo (4ª categoría).

1 Ingeniero - Profesor.

1 Ayudante de Biblioteca.

1 Instructor de Taller (3ª categoría).

Instituto Técnico Central de Bogotá:

1 Profesor-Director ele Grupo (1ª categoría).

1 Almacenista III.

1 Jefe del Taller de Electrónica.

1 Bibliotecaria-Mecanógrafa II.

1 Profesor-Director de Grupo (1ª categoría).

Escuela Normal Industrial de Bogotá:

1 Pagador-Almacenista,

1 Mecanotaquígrafa.

1 Profesor de Prácticas Pedagógicas.

Instituto de Experimentación Industrial de Bogotá:

1 Dibujante.

1 Mecanotaquígrafa.

Instituto Popular de Cultura de Bogotá:

2 Profesores de Prácticas Pedagógicas.

1 Profesor-Director de Grupo (1ª categoría).

2 Instructores de Taller.

Escuela Nacional de Comercio de Bogotá:

1 Médico.

1 Odontólogo.

1 Profesor-Director de Grupo (1ª categoría).

1 Profeso r-Capelán.

Escuela Nacional de Comercio del Caribe (Barranquillu):

1 Profesor-Director de Grupo (1ª categoría).

Escuela Nacionid de Comercio de Bucaramanga:

1 Profesor-Director de Grupo (1ª categoría).

3 Profesores-Directores de Grupo (4ª categoría).

1 Capellán-Profesor.

Escuela Nacional de Comercio de Cali:

1 Profesor-Director de Grupo (1ª categoría).

1 Pagador-Almacenista.

Escuela Nacional de Comercio de Cúcuta:

1 Profesor-Director de Grupo (33 categoría).

1 Profesor-Director de Grupo (43 categoría).

Escuela Industrial de Popayán:

1 Capellán-Profesor.

1 Médico.

2 Jefes de Taller.

1 Mecanógrafa III.

1 Coordinador-Dibujante (1ª categoría).

1 Ecónoma III.

Escuela Artesanal de Florencia:

1 Jefe de Taller (3ª categoría).

Instituto Técnico Industrial de Pereira:

1 Profesor-Director de Grupo (1ª categoría).

1 Instructor de Taller.

Instituto Técnico Industrial de Pasto:

2 Instructores de Taller.

1 Enfermero I.

Escuela Industrial de Santa Bosa de Cabal (Caldas):

1 Profesor-Director de Grupo (4ª categoría).

1 Instructor de Taller.

Escuela Indnslrial.de El Carmen (Bolívar):

2 Profesores-Directores de Grupo (4ª categoría).

Escuela Industrial de Valledupar (Magdalena):

1 Instructor de Taller.

Escuela Industrial de Garagoa (Boyacá):

1 Jefe de Taller.

Escuela Industrial de Facatativá (Cundinamarca):

1 Profesor-Director de Grupo (2ª categoría).

Escuela Industrial de Barichara (Santander):

1 Profesor-Director de Grupo (4ª categoría)

1 Instructor de Taller.

Escuela Industrial de Zipaquirá (Cundinamarca)

1 Protesor-Director de Grujió (2ª categoría).

Escuela Industrial de Quibdó (Chocó):

1 Profesor-Director de Grupo (1ª categoría)

1 Jefe de Taller.

1 Instructor de Taller.

Escuela Industrial de San Gil (Santander):

1 Mecanógrafa-Ribliotecaria.

Escuela Induslritd de Puente Nacional (Santander):

2 Profesores-Directores ríe Grupo (4ª categoría).

1 Instructor de Taller.

Escuela Industrial de Carmen de Viboral (Antioquia):

1 Técnico-Ceramista.

1 Médico-Profesor.

Escuela Industrial de Chiquinquirá (Boyacá):

1 Mecanógrafa II.

Escuela Industrial de Istmina (Chocó):

1 Instructor de Taller.

1 Enfermera-Bibliotecaria.

Escuela Industrial de Villavicencio (Meta):

1 Profesor-Director de Grupo (4ª categoría).

Artículo segundo. Los Decretos de Distribución de las partidas apropiadas para tales servicios en los diferentes establecimientos, señalarán los sueldos de los cargos creados por el artículo anterior, de acuerdo con las categorías del Escalafón y de conformidad con los Decretos números 1320 y 010 de 1958.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 1 de marzo de 1900.

ALBERTO LLERAS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Hernando Agudelo Villa.

El Ministro de Educación Nacional,

Abel Naranjo Villegas.

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