Por el cual se suprimen dos oficinas postales, una plaza de ayudante, otra de oficial de recibo y cartero y se crea una plaza más de ayudante en el ramo telegráfico
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Desde el 1° de Febrero próximo entrante suprímense las Administraciones subalternas de correos nacionales de Jericó (Departamento de Antioquia) y Uribe (Departamento de Huila), por no tener funciones que desempeñar; una plaza de Ayudante en la Oficina telegráfica de Medellín, la de Oficial de Recibo y un cartero en la Oficina Telegráfica de Buga, y créase una plaza más de Ayudante en la misma Oficina.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Madrid, a 20 de Enero de1907.
R. REYES
EL Ministro de Gobierno,
- D. EUCLIDES DE ANGULO
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