Por el cual se adiciona el presupuesto de ingresos y gastos del Fondo Vial Nacional para la vigencia de 1972

Rango Decreto
Publicación 1972-02-21
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en usó dé sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que por medio del Decreto número 2449 de fecha diciembre 13 de 1971, se, adicionó el presupuesto de inversión del Ministerio de Obras Publicas en la cantidad de setenta y cinco millones de pesos ($ 75.000.000.00) moneda corriente; para entregar al Fondo Vial Nacional;

Que la anterior partida no se alcanzó a incorporar en el presupuesto del Fondo Vial Nacional de 1971, por lo cual es necesario hacerlo en la vigencia de 1972, y

Que se han cumplido los requisitos legales indispensables para la tramitación de esta clase de negocios,

DECRETA:

Artículo 1° Adiciónase el presupuesto de ingresos del Fondo Vial Nacional de la vigencia de 1972, en la cantidad de setenta y cinco millones de pesos ($ 75.000.000.00) moneda corriente, según el siguiente detalle:

Presupuesto de Ingresos.

Ingresos tributarios.

Aportes.

Numeral 2-A. Aporte del Gobierno Nacional Ministerio de Obras Públicas, con recursos ordinarios $ 75.000.000.00
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, adiciónase el presupuesto de gastos del Fondo Vial Nacional de la vigencia, de 1972, en la cantidad de setenta y cinco millones de pesos ($ 75.000.000.00) moneda corriente, de acuerdo con la siguiente distribución:

Presupuesto de Gastos.

Inversión directa.

PROGRAMA 02

Construcción y reconstrucción de puentes.

461-264. Artículo 02. Estudios, construcción y reconstrucción de puentes.

Proyecto 1. Puente Rio Ata $ 500.000.00

PROGRAMA 03

Conservación, adiciones y mejoras en las carreteras nacionales.

460-264. Artículo 04. Conservación especial de vías 30.700.000.00

PROGRAMA 04

Construcción de .carreteras troncales.

460-264. Artículo 10. Estudios, construcción, reconstrucción y. pavimentación de la carretera Troncal Central.

Proyecto 1. Mocoá Neiva 2.000.000.00

460-264. Articuló 12. Estudios, construcción, reconstrucción y pavimentación de la carretera Troncal Central del Norte.

Proyecto 3. Cúcuta-La Frontera 1.600.000.00

460-264. Artículo 14. Estudios, construcción, reconstrucción y pavimentación de la Carretera Panamericana.

Proyecto 1. Palo de Letras-Las Animas-Asia. 5.000.000.00

PROGRAMA 06

Construcción de otras carreteras.

460-264. Artículo 23. Estudios, construcción, reconstrucción y pavimentación de otras carreteras.

Proyecto 65. Aguadas-Aranzazu 5.000.000.00
Proyecto 66. Zipaquirá-Cogua 1.700.000.00
Proyecto 67. Carreteras del Carare: Capote-Quebrada Venados-Capote-Río Opón y Capote-Carare 10.000.000.00
Proyecto 68. Sisga-Machetá-Guateque 3.000.000.00
Proyecto 69. Aquitania-Chámeza 1.000.000.00
Proyecto 70. Neiva-El Juncal 3.000.000.00
Proyecto 71. Chaparral-San Antonio 3.000.000.00

PROGRAMA 07

Accesos a ciudades y obras civiles en zonas urbanas.

460-264. Artículo 24. Construcción y reconstrucción de accesos a ciudades y obras civiles en zonas urbanas.

Proyecto 1. Variante de Chía 3.000.000.00

PROGRAMA 07

Accesos a ciudades y obras civiles en zonas urbanas.

460-264. Artículo 24. Construcción y reconstrucción de accesos a ciudades y obras civiles en zonas urbanas 3.500.000.00

Inversión indirecta.

PROGRAMA 11.

Financiamiento.

584-264. Artículo 34. Camino Vega Larga-Alto Pato 2.000.000.00
Total gastos $75.000.000.00
Artículo 3° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 24 de enero de 1972.

MISAEL PASTRANA BORRERO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Llorente Martínez. El Ministro de Obras Públicas, Argelina Durán Quintero, Ministro de Obras Públicas.

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