Por la cual se adiciona el Decreto 002 de 1974
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades constitucionales y legales.
DECRETA:
Artículo 1º. Lo dispuesto en el Decreto 002 de 1.994 se aplicará también a quienes hubieren sido detenidos por los hechos, previstos en el artículo 1º de la Ley 24 de 1.973, antes del 8 de enero de 1974.
Artículo 2º. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, Distrito Especial, a los 21 de enero de 1974.
MISAEL PASTRANA BORRERO
El Ministro de Justicia, encargado, Alfonso Reyes Echandia.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.