Por el cual se distribuye una partida

Rango Decreto
Publicación 1941-04-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. De los fondos no distribuidos en el capítulo 63, artículo 824, para sueldos de la Escuela de Artes y Oficios, de Valledupar, destínase la suma de quinientos treinta pesos ($ 530) para el pago de los siguientes servicios:
Para sueldos en enero, así: Para sueldos en enero, así: Para sueldos en enero, así: Para sueldos en enero, así:
Mensual. Total.
Director, a $ 150.00 150.00
Secretario-Habilitado. A $80.00 80.00
Profesor de Cultura General, a 90.00 90.00
Instructor de Herrería y Ajuste, a 00.00 00.00
Sumas 380.00 380.00
Para sueldos en febrero, así: Para sueldos en febrero, así: Para sueldos en febrero, así: Para sueldos en febrero, así:
Mensual. Total.
Profesor de Cultura General $ 90.00 90.00
Instructor de Herrería y Ajuste $ 60. 00 60.00
Suma $ 150.00
Total $ 530.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 29 de marzo de 1941.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de la Economía Nacional, encardado del Despacho de Hacienda y Crédito Público,

Mariano ROLDAN

El Ministro de Educación Nacional,

Guillermo NANNETI

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