Por el cual se hacen unos traslados de partidas en las apropiaciones del presupuesto privado del ramo de Guerra

Rango Decreto
Publicación 1939-03-21
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto número 39 del presente año. Hácese el siguiente traslado de partidas dentro de las apropiaciones del presupuesto privado del ramo de Guerra:

Capítulo 33, artículo 177:

Del parágrafo 44 $20.988.21
Al parágrafo 47 20.988.21
Iguales $20.988.21 20.988.21

Comuníquese al señor Contralor General de la República.

Dado en Bogotá a 14 de marzo de 1939.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Guerra,

José Joaquín CASTRO M.

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