Por el cual se hace una traslación en el Presupuesto de Gastos de 1909
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que el Poder Ejecutivo, por Decreto número 923 de 1. ° de Agosto de 1905, auxilió la empresa del Ferrocarril del Tolima con la suma de ciento cincuenta pesos mensuales, con el fin de que pudiera conservarse en buen estado de servicio el trayecto construido entre Girardot y El Espinal, Decreto que sólo pudo dictar en virtud de las autorizaciones que le concedía el Decreto Legislativo número 34 de 1905, que aprobó la Ley 6 de aquel año.
Que la Ley 4 del presente año (31 de Agosto) derogó el citado Decreto Legislativo número 34 de 1905, quedando por esta Ley insubsistentes las autorizaciones que tenía el Podar Ejecutivo para seguir ordenando el pago de la subvención ó auxilio a la referida empresa del Ferrocarril del Tolima,
DECRETA:
Artículo único. Derógase en todas las partes el Decreto número 923 de 1905 (1. ° de Agosto), "por el cual se concede auxilio á la empresa del Ferrocarril del Tolima."
Parágrafo. El presente Decreto regirá desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 16 da Diciembre de 1909.
RAMON GONZALEZ VALENCIA
El Ministro de Obras Públicas,
carlos j. DELGADO
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