por el cual se modifican los artículos 1° y 2° del Decreto número 554 de fecha 16 de marzo de 1994
E1 Presidente de la República de Colombia,
El Presidente de la República de Colombia, en en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confiere el numeral 2° del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 2° del Decreto 1666 de 1991,
DECRETA:
Artículo 1° Modifícase el artículo 1° del Decreto número 554 de fecha 16 de marzo de 1994, el cual quedará así: "Comisiónase a partir del 20 de marzo de 1994 y por el término de nueve (9) días, a la doctora Noemí Sanín de Rubio, Ministra de Relaciones Exteriores, para trasladarse a la dudad de Washington, Estados Unidos de América, en funciones atinentes a su cargo".
Artículo 2° Modifícase el artículo 2° del Decreto número 554 de fecha 16 de marzo de 1994, el cual quedará así: "La doctora Sanín de Rubio tiene derecho a pasaje aéreo en primera clase en la ruta Santafé de Bogotá-Miami-Washington-Miami-Santafé de Bogotá y a la suma de cuatrocientos dólares (US$ 400.00) diarios, por concepto de viáticos durante nueve (9) días".
Artículo 3° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 20 de marzo de 1994.
cesar gaviria trujillo
El Subdirector del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, encargado de las funciones de Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
César Negret Mosquera.
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