Por el cual se restablecen algunos puestos en las Administraciones de las Aduanas de Barranquilla y Cartagena y en los Resguardos dependientes de esta última Aduana

Rango Decreto
Publicación 1909-12-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia

CONSIDERANDO:

1.° Que en virtud de economías fueron suprimidos algunos empleos en las Aduanas de Barranquilla y Cartagena por Decreto número 608 del presente año, lo que en la práctica ha presentado inconvenientes para la buena marcha de aquellas Oficinas, más si se tiene en cuenta que según lo previene el Código Fiscal, la Mesa de Reconocimientos en las Aduanas se compone del Administrador, el Contador, el Reconocedor y el fiel de Balanza; y

2.° Que en el Presupuesto de Gastos para el año entrante hay partida votada para atender al pago de los sueldos de los empleados que se trata de restablecer,

DECRETA:

Artículo único. Restablécense los siguientes empleos, con las mismas asignaciones que les señalaba el Presupuesto de este año:

En la Aduana de Barranquilla, un Fiel de Balanza;

En la Aduana de Cartagena, un Fiel de Balanza y un primer Revisor;

En el Resguardo de Tolú, el Ayudante;

En el Resguardo de Puerto Escondido, el Ayudante;

En el Resguardo de Turbo, el Ayudante.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, á 17 de Diciembre de 1909.

RAMON GONOZALEZ VALENCIA

El Ministro del Despacho de Hacienda y Tesoro,

manuel DAVILA FLOREZ

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