Por el cual se crea el comité asesor de Política Indigenista para el Departamento del Cauca

Rango Decreto
Publicación 1985-03-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 7
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus funciones constitucionales y de las que le confiere el artículo 1º del Decreto 1050 de 1968,

DECRETA:

Artículo 1ºCréase el Comité Asesor de Política Indigenista para el Departamento del Cauca adscrito al Ministerio de Gobierno. Este Comité tendrá carácter de Asesor del Gobierno Nacional, y de los distintos organismos del Estado llamados por ley a buscar solución a los problemas que afectan a las Comunidades Indígenas de dicho departamento.
Artículo 2º El Comité Asesor creado por el presente Decreto estará conformado de la siguiente manera:

El Jefe de la División de Asuntos Indígenas del Ministerio de Gobierno actuará como Secretario del Comité.

Artículo 3ºSon funciones del Comité:
Artículo 4º El Comité Asesor creado por el presente Decreto, será de duración indefinida y tendrá como sede normal de reuniones la ciudad de Bogotá, pero podrá desplazarse en cumplimiento de sus labores, al Departamento del Cauca y sesionar válidamente en jurisdicción de éste.
Artículo 5º El Comité creado por el presente Decreto, se reunirá ordinariamente una vez al mes, y, extraordinariamente, por convocatoria de su Presidente o de la mayoría absoluta de sus miembros.
Artículo 6ºLos gastos que se ocasionen con motivo de las reuniones o desplazamientos del Comité, serán sufragados por la respectiva entidad a que pertenece cada uno de sus miembros. La División de Asuntos Indígenas podrá atender los gastos forzosos de transporte y manutención de los representantes indígenas en el mismo.
Artículo 7º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquesey cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 27 de febrero de 1985.

BELISARI0 BETANCUR

El Ministro de Gobierno,

Jaime Castro.

El Ministro de Agricultura,

Gustavo Castro Guerrero.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Roberto Junguito Bonnet.

El Ministro de Defensa Nacional.

(Gral) Miguel Vega Uribe.

El Jefe del Departamento Nacional de Planeación,

Jorge Ospina Sardi.

El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,

Alfonso Ospina Ospina.

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