Por el cual se abre un crédito al Presupuesto Extraordinario vigente

Rango Decreto
Publicación 1942-03-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de lo República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere la Ley 152 de 1941,

DECRETA:

Artículo 1.° Con base en la suma de un millón de pesos ($ 1.000.000), proveniente del préstamo hecho al Gobierno Nacional por la Compañía anónima The Dorada Railway Conipany, domiciliada en Londres, según contrato de 10 de febrero de 1942, y que se halla consignada en el Banco de la República a la orden del Tesorero General, ábrese el siguiente crédito al Presupuesto extraordinario vigente:

MINISTERIO DE LA ECONOMIA NACIONAL

Presupuesto extraordinario.

Capituló 103:

Artículo 1494-B. Para la formación del Fondo Especia! de Fomento Agrícola en la Zona Bananera del Magdalena, de que trata el Decreto número 241 de 1942 (enero 31) $ 1.000.000.00
Artículo 2.º El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 7 de marzo de 1042.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Carlos LLERAS RESTREPO

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