Por el cual se crea una oficina en el ramo de Correos
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus facultades legales,
decreta:
Artículo 1° Créase una Oficina de Correos en el Corregimiento de La Playa, Municipio de Adámica (Santander del Norte), la cual será servida ad honorem por un Administrador.
Artículo 2° Fíjase en un peso la partida destinada mensualmente para útiles de escritorio en la nueva Administración.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 24 de marzo de 1919.
MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Gobierno, Marcelino ARANGO.
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