por el cual se asignan unas funciones
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el numeral 2 el artículo 189 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1° Asígnanse las Funciones Consulares de Colombia, en Montevideo, al cargo de Consejero, Grado Ocupacional 4 EX en la Embajada de Colombia ante el Gobierno del Uruguay.
Artículo 2ºEste Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 9 de abril de 1992.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
La Ministra de Relaciones Exteriores,
Noemi Sanin De Rubio.
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