por el cual se aclara el artículo 50 del Decreto 195 del 26 de enero de 2004

Rango Decreto
Publicación 2004-03-03
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACION
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las contenidas en el artículo 189 numeral 16 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998,

DECRETA:

Artículo 1°. Aclárase el artículo 50 del Decreto 195 del 26 de enero de 2004 en el sentido de que la referencia que se hace de la Federación Nacional de Gobernadores y a la Federación Nacional de Municipios debe entenderse hecha a la Federación Nacional de Departamentos y a la Federación Colombiana de Municipios, respectivamente.
Artículo 2°.Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y aclara en lo pertinente el Decreto 195 del 26 de enero de 2004.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 2 de marzo de 2004.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alberto Carrasquilla Barrera.

El Director del Departamento Administrativo Nacional de Planeación,

Santiago Montenegro Trujillo.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Fernando Grillo Rubiano.

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