POR EL CUAL SE ADICIONA EL DECRETO 581 DE 1971
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de las facultades que le confiere el Decreto legislativo número 580 de 1971,
DECRETA:
Artículo 1º Hacese extensiva a la Universidad Nacional de Colombia, Seccional de Palmira, la suspensión de tareas docentes y académicas ordenada por Decreto 581 de 1971.
Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 23 de abril de 1971.
MISAEL PASTRANA BORRERO
El Ministro de Educación Nacional,
Luis Carlos Galan
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