Por el cual se fijan gastos de representación para algunos empleos del Instituto de Seguros Sociales

Rango Decreto
Publicación 1980-04-09
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 48 de 1979.

decreta:

Artículo 1° Fíjanse gastos de representación mensuales en la cuantía que a continuación se determina para, los siguientes empleos del Instituto de Seguros Sociales: Artículo 1° Fíjanse gastos de representación mensuales en la cuantía que a continuación se determina para, los siguientes empleos del Instituto de Seguros Sociales: Artículo 1° Fíjanse gastos de representación mensuales en la cuantía que a continuación se determina para, los siguientes empleos del Instituto de Seguros Sociales:
Director General $ 35.000.00
Secretario General 26.600.00
Subdirector Nacional 24.600.00
Asistente de Dirección Nacional 10.000.00
Jefe de Oficina de nivel nacional 13.000.00
Gerente Seccional Gerente Seccional Gerente Seccional
Clase I 19.000.00
Clase II 15.000.00
Clase III l1.000.00
Secretario General Seccional 10.000.00
Subgerente Seccional 7.000.00
Director de Unidad Programática. Institucional 6.000.00
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición, deroga las disposiciones que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de1980.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. É., a 14 de marzo de 1980.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público. Jaime García Parra. El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Rodrigo Marín Bernal. El Ministro de Salud, Alfonso Jaramillo Salazar. El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, Laura Ochoa de Ardila.

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