Por el cual se dictan unas disposiciones en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional

Rango Decreto
Publicación 1929-04-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

Que el número de alumnos del año preparatorio en la Facultad de Matemáticas e Ingeniería de la Universidad Nacional es muy numeroso, lo que hace imposible dictar las: clases; y

Que la clase de Cosmografía corresponde a dos años distintos,

DECRETA:

Artículo 1.° Divídese el año preparatorio en la mencionada Facultad, en dos grupos de treinta alumnos cada uno, y la clase de Cosmografía divídese también en dos grupos.
Artículo 2.° Los Profesores del curso del año preparatorio que dicten las clases de ambos grupos, lo mismo que el del curso de Cosmografía, tendrán un sueldo mensual de $ 80 cada uno, desde el 1.° de marzo del presente año.
Artículo 3.° Para atender al pago de los sueldos de que trata el artículo anterior, se tomará la suma $ 8,400 de la partida destinada al Laboratorio de Física y Química, en la distribución del Presupuesto Nacional, que corresponde en el presente año la Facultad de Matemáticas e Ingeniería, así:
De nueve Profesores, a $ 80 mensuales en diez meses $ 7,200
De un Profesor de la especialidad de Arquitectura, a $ 120 mensuales, en diez meses 1,200
Suma $ 8,400

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, a 9 de abril de 1929.

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Educación Nacional,

J. Vicente HUERTAS

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