Por el cual se distribuye una partida
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
decreta :
Artículo único. La partida de $ 30,000 votada en el artículo 325, capítulo 55 de la Ley de Apropiaciones vigente, para sostenimiento y ampliación de la Radiodifusora Nacional, se distribuye así:
| Sueldo de un Secretario encargado de la Dirección, a razón de $ 100 mensuales, en seis meses | $ | 600.00 |
|---|---|---|
| Sueldo de un Locutor, a $ 25 mensuales, en seis meses | 150.00 | |
| Sueldo de un Portero, a $ 30 mensuales, en seis meses | 180.00 | |
| Para pago de conciertos y conferencias, a $ 5 cada uno | 300.00 | |
| Para materiales, repuestos, reparaciones y demás gastos en el año | 28,770.00 | |
| Total | $ | 30,000.00 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 15 de marzo de 1937.
ALFONSO LOPEZ
Por el Ministro de Educación Nacional, el Secretario encargado del Despacho,
Jorge ZALAMEA
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