Por la cual se autoriza a un funcionario consular para expedir visas de turismo
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo único. Autorízase al señor Cónsul de la República en Tulcán, Ecuador, para expedir las visas de turismo por sesenta días, de que tratan los Decretos 55 y 1033 de 1940.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 10 de marzo de 1942.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Rediciones Exteriores,
Luis LOPEZ DE MESA
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