Por el cual se adiciona el artículo 331 del Decreto 2666 de 1984

Rango Decreto
Publicación 1985-03-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades constitucionales, en. especial la concedida por el ordinal 22 del artículo 120 de la Constitución Política; y con sujeción a las pautas señaladas en el artículo 3º de la Ley 6ª de 1971 y las leyes 67 de 1679-, 49 de 1981 y 48 de 1983,

decreta:

Artículo 1º Adiciónase el artículo 331 del Decreto 2666 da 1984 con el siguiente parágrafo:

"Parágrafo. Para determinar la base de liquidación del impuesto sobre las ventas, la expresión derechos de aduana es equivalente' a la expresión derechos- de importación de:-finida en el artículo 1' de este Decreto".

Artículo 2º Este Decreto rige a partir del l9 de- marzo de 1985.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, a 28 de febrero .de 1985.

belisario betancur

El Ministro de Hacienda y. Crédito-Público,

Roberto Junguito Bonnet,

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