Por el cual se crea la plaza de Médico Oficial en la Intendencia del Meta
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando
que hay urgente necesidad de proveer de Médico a la Intendencia del Meta para atender a servicios indispensables de la Administración Pública,
decreta:
Artículo 1.° Esablécese la plaza de Médico Oficial de la Intendencia del Meta, con la asignación mensual de $80 y las funciones siguientes: atender al servicio médico de la cárcel de Villavicencio; de las guarniciones de fuerza armada de la Intendencia, cuando éstas no tengan Médico; de Médico legista, cuando el Poder Judicial requiera su concurso para este fin, y Médico de hospital en los casos de epidemias.
Artículo 2.° Nómbrase al doctor Isaac Flórez Médico Oficial de la Intendencia del Meta.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 14 de junio de 1912.
CARLOS E. RESTREPO
El Ministro de Gobierno,
pedro m. CARREÑO
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