Sobre nomenclatura de unos guardacostas

Rango Decreto
Publicación 1915-04-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo único. Los guardacostas construídos por la Casa Yarrow & C.°, de Glasgow, destinados al Pacífico, ya en servicio uno, y el otro armándose, se distinguirán con los números 3 y 4, respectivamente, y el construído por la Casa Edwards & C.°, de Londres, que está para botarse al agua en el puerto de Buenaventura, se llamará "Cauca."

Dado en Bogotá a 8 de abril de 1915.

JOSE VICENTE CONCHA

El Ministro de Hacienda,

daniel j. REYES

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