por el cual se autoriza el ejercicio de una apropiación aplazada por Decreto número 265 del corriente año (enero 29)

Rango Decreto
Publicación 1947-02-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros en sesión de fecha 20 del presente mes de febrero, teniendo en cuenta la petición formulada conjuntamente por los Ministros de la Economía Nacional y de Obras Públicas, el concepto favorable del Ministró de Hacienda sobre el particular, y el del señor Contralor General de-la República en el mismo sentido, según oficio número 3121 del 19 del presente mes, determinó levantar el aplazamiento de la partida incorporada en el Presupuesto vigente para las obras de defensa de Medellín contra las avenidas de] río Medellín, Ley 110 de 1941, cuyo ejercicio había -sido aplazado por el Decreto número 265 de 1917 (enero 29),

DECRETA:

Artículo 1º Levántase el aplazamiento ordenado según Decreto número 265 de 1947 (enero 29), para la siguiente apropiación de la Ley de Castos vigente:

MINISTERIO DE LA ECONOMIA NACIONAL

CAPÍTULO 58

Artículo 959. Para las obras de defensa de Medellin contra las avenidas del río Medellín. Ley 110 de 1911 $ 100.000.00

Artículo 2º El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 20 de febrero de 1947.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Francisco de P. PEREZ

El Ministro de Correos y Telégrafos, encargado del Despacho de Educación Nacional,

José Vicente DAVILA TELLO

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