por el cual se establece la estructura de la Sociedad Cajanal S.A. EPS
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de la Ley 790 de 2002 que confirió facultades extraordinarias al Presidente de la República para escindir entidades u organismos administrativos del orden nacional, se expidió el Decreto 1777 del 26 de junio de 2003, el cual creó la Sociedad LA SOCIEDAD CAJANAL S.A. EPS;
Que la Junta Directiva de la Sociedad LA SOCIEDAD CAJANAL S.A. EPS, aprobó someter a consideración del Gobierno Nacional la estructura de la sociedad, tal y como consta en el Acta número 001 del día 18 de diciembre de 2003.
DECRETA:
CAPITULO I
Estructura
Artículo 1°.Objeto. La Sociedad Cajanal S.A. EPS. tendrá como objeto promover, organizar, garantizar y prestar directa o indirectamente los servicios de salud a sus afiliados y usuarios, para lo cual podrá desarrollar las funciones consagradas en el artículo 178 de la Ley 100 de 1993 y demás normas que la reglamenten, modifiquen o adicionen.
Artículo 2°.Estructura. La Estructura de la Sociedad Cajanal S.A. EPS, será la siguiente:
-
- Asamblea General de Accionistas
- 1.1. Revisoría Fiscal
-
- Junta Directiva
-
- Presidencia
- 3.1. Oficina de Control Interno
- 3.2. Oficina de Auditoría Integral
- 3.3. Oficina Asesora de Planeación
- 3.4. Oficina Asesora Jurídica
-
- Vicepresidencia Técnica
-
- Vicepresidencia Administrativa y Financiera
-
- Direcciones Regionales
-
- Organos de Asesoría y Coordinación
- 7.1. Comité de Presidencia
- 7.2. Comité Nacional Regional
- 7.3. Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno
- 7.4. Comité Técnico Científico
CAPITULO II
Dependencias y funciones
Artículo 3°.Organos de dirección y administración. La Asamblea General de Accionistas es el órgano máximo de dirección de la SOCIEDAD y estará conformada por los representantes de las acciones de capital suscritas y pagadas, reunidos conforme a las normas establecidas en los estatutos y en las leyes.
Artículo 4°.Funciones de la Asamblea General de Accionistas. La Asamblea General de Accionistas ejercerá las funciones que le atribuye el Código de Comercio y todas aquellas consignadas en los estatutos.
Artículo 5°.Revisoría Fiscal. La sociedad tendrá un Revisor Fiscal con su respectivo suplente, quien lo reemplazará en sus faltas absolutas, temporales o accidentales.
El Revisor Fiscal y su suplente serán designados por la Asamblea General de Accionistas, para períodos de dos (2) años y devengarán la asignación que esta les señale.
Artículo 6°.Funciones de la Revisoría Fiscal. Corresponde a la Revisoría Fiscal, sin perjuicio de las funciones que le señalen las leyes, los decretos y los estatutos, las siguientes atribuciones:
-
- Controlar que las operaciones que se celebren o cumplan por cuenta de LA SOCIEDAD se ajusten a las prescripciones de los estatutos, a las decisiones de la Asamblea General y de la Junta Directiva.
-
- Examinar todas las operaciones, inventarios, actas, libros, correspondencia, comprobantes de cuentas y negocios de LA SOCIEDAD.
-
- Verificar el arqueo de caja en las oportunidades que lo estime conveniente.
-
- Realizar la comprobación de todos los valores de LA SOCIEDAD y de los demás que esta tenga en custodia.
-
- Verificar la debida custodia y conservación de los bienes de LA SOCIEDAD y procurar que se tomen las medidas necesarias para garantizar dicha conservación y la seguridad de los mismos.
-
- Señalar expresamente y por escrito las irregularidades encontradas en los actos de LA SOCIEDAD, a la Asamblea General de Accionistas, a la Junta Directiva o al Presidente, según corresponda.
-
- Autorizar con su firma los balances contables de la Sociedad.
-
- Colaborar con la autoridad competente en la inspección y vigilancia de LA SOCIEDAD, y rendir a ella los informes a que haya lugar o que le sean solicitados.
-
- Intervenir en las deliberaciones de la Asamblea General de Accionistas y en las de la Junta Directiva, cuando sea citado a ellas con derecho a voz pero sin voto.
-
- Cumplir las demás atribuciones que le señalen las leyes y los estatutos y las que, siendo compatibles con las anteriores, le encomiende la Asamblea General de Accionistas.
Artículo 7°.Junta Directiva. La Junta Directiva de la Sociedad Cajanal S.A. EPS, estará integrada por siete (7) miembros elegidos por la Asamblea General de Accionistas con sus respectivos suplentes y sus funciones son las establecidas en los estatutos de la Sociedad.
Artículo 8°.Presidencia de Cajanal. La Administración y representación legal de la Sociedad Cajanal S.A. EPS, estará a cargo del Presidente, quien será designado por la Junta Directiva.
Artículo 9°.Funciones de la Presidencia. Son funciones de la Presidencia de la Sociedad Cajanal S.A. EPS., además de las funciones asignadas en los estatutos, las siguientes:
-
- Implementar el plan estratégico de la Sociedad.
-
- Dirigir, coordinar, vigilar, controlar y evaluar la ejecución y cumplimiento de los objetivos, funciones, políticas, planes, programas y proyectos inherentes al objeto de la Sociedad.
-
- Ordenar los gastos, dictar los actos administrativos y celebrar los contratos y convenios necesarios para el cumplimiento de los objetivos y funciones de la Sociedad, dentro de los límites legales y estatutarios.
-
- Presentar a la Junta Directiva el anteproyecto de presupuesto, las modificaciones al presupuesto y los planes de inversión de la Sociedad, con arreglo a las disposiciones legales que regulan la materia y ejecutar las decisiones de dicho organismo.
-
- Proponer a la Junta Directiva y tramitar las modificaciones a la estructura y planta de personal de la Sociedad.
-
- Nombrar, remover y contratar al personal de la Sociedad, conforme a las normas legales, reglamentarias y estatutarias vigentes.
-
- Presentar a consideración de la Junta Directiva los informes financieros, informes sobre la marcha de la Sociedad, las iniciativas, planes de trabajo y todas aquellas gestiones encaminadas al mejoramiento y racionalización de los sistemas administrativos de la Sociedad.
-
- Presentar a la Junta Directiva el análisis de la ejecución presupuestal, complementado con los balances de prueba correspondientes y el cómputo aproximado de pérdidas y ganancias.
-
- Designar apoderados que representen a la Sociedad en asuntos judiciales y extrajudiciales, para la defensa de los intereses de la misma.
-
- Dirigir las relaciones laborales de la Sociedad y delegar, cuando lo estime conveniente, total o parcialmente, esta atribución en funcionarios de la misma.
-
- Cumplir y hacer cumplir las decisiones de la Junta Directiva.
-
- Presentar al Gobierno los informes que este solicite y a las demás dependencias oficiales los datos que de conformidad con la ley deban suministrarse.
-
- En general, ejercer todas las funciones y actividades encaminadas al cumplimiento de los fines de la Sociedad, y que no estén atribuidas a la Junta Directiva.
Artículo 10.Oficina de Control Interno. Son funciones de la Oficina de Control Interno, las siguientes:
-
- Asesorar a la Presidencia en la definición de las políticas de diseño e implantación de sistemas de control que contribuyan a incrementar la efectividad en las diferentes áreas de “Cajanal S.A. ESP”, de acuerdo con la Ley 87 de 1993 o las normas que la adicionen, sustituyan o complementen.
-
- Promover el desarrollo del autocontrol en la entidad y sus funcionarios.
-
- Aplicar indicadores establecidos y hacer seguimiento y control de estos.
-
- Diseñar e implementar sistemas de control de gestión administrativa, financiera y de resultados institucionales según lo preceptuado por la Ley 87 de 1993 y demás normas que la modifiquen, o adicionen o y reglamenten.
-
- Desarrollar y aplicar el Sistema de Control Interno a nivel Institucional.
-
- Formular recomendaciones a la Presidencia y demás dependencias para la adopción o modificación de los procedimientos necesarios en el cumplimiento de los objetivos de la empresa, con sujeción a las normas legales vigentes.
-
- Realizar el seguimiento en colaboración con la oficina de planeación los planes y programas propios de cada dependencia y proponer los correctivos necesarios.
-
- Monitorear la correcta ejecución de las operaciones, convenios y contratos de la Empresa y vigilar la forma como se invierten los fondos públicos e informar cuando se presenten irregularidades en el manejo de los mismos.
-
- Velar por que todas las actividades y recursos de la organización estén dirigidas al cumplimiento de los objetivos de la empresa.
-
- Las demás inherentes a su naturaleza y las que le sean asignadas por las normas legales vigentes.
Artículo 11.Oficina de Auditoría Integral. Son funciones de la Oficina de Auditoría Integral, las siguientes:
-
- Proponer políticas de auditoría médica, contable y de cuentas que deben ser resultado de los análisis pertinentes.
-
- Vigilar el estricto cumplimiento de las normas de auditoría e informar a los órganos competentes de sus hallazgos.
-
- Evaluar y monitorear en forma sistemática y continua la prestación de los servicios, proponiendo acciones correctivas de mejoramiento al detectar fallas, desviaciones, omisiones, excesos o problemas que puedan afectar la calidad o eficiencia de los servicios.
-
- Evaluar y realizar análisis crítico del procedimiento de contratación y los contratos con las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud que realice la entidad y proponer a la dependencia competente los correctivos necesarios.
-
- Sugerir mecanismos correctivos para optimizar resultados de la auditoría.
-
- Evaluar el cumplimiento de criterios técnicos básicos de infraestructura, desarrollo científico y tecnológico, recurso humano, organización, etc., que deben tener las IPS en el proceso de ejecución del contrato.
-
- Evaluar los elementos estructurales, de procesos, de resultado e impacto de las diferentes IPS vinculadas, determinando el cumplimiento de los estándares y protocolos establecidos.
-
- Verificar el cumplimiento de los compromisos pactados entre Cajanal S.A. EPS y las IPS que conforman la red de servicios.
-
- Evaluar las necesidades y expectativas de los afiliados y proveedores de Cajanal S.A. EPS, para mejorar la calidad y la satisfacción en los servicios de salud ofrecidos.
-
- Evaluar la racionalidad técnico-científica del proceso de atención asistencial y de los programas de promoción, prevención y rehabilitación.
-
- Monitorear y evaluar los procesos técnicos científicos, financieros y administrativos en procura de alcanzar los atributos de oportunidad, suficiencia, integralidad, continuidad, pertinencia, eficiencia y satisfacción a usuarios y proveedores.
-
- Suministrar información a planeación para ajustar la estrategia de servicios, de acuerdo a las necesidades, expectativas de los usuarios, las políticas y objetivos institucionales y las condiciones del mercado.
-
- Las demás funciones inherentes a su naturaleza y las que sean asignadas por las normas legales vigentes.
Artículo 12.Oficina Asesora de Planeación. Son funciones de la Oficina Asesora de Planeación, las siguientes:
-
- Formular los proyectos de planes estratégicos, operativos, de acción y contingencia, consolidarlos y presentarlos a la Presidencia de la empresa para su aprobación, adjuntando los conceptos técnicos y financieros pertinentes y sus recomendaciones de aprobación, ajuste o rechazo.
-
- Diseñar, actualizar y custodiar un sistema de información sobre los planes y proyectos misionales de la empresa.
-
- Diseñar, implementar y responder por la operación del Banco de Proyectos de inversión y prestar asistencia técnica a las demás dependencias de la empresa.
-
- Efectuar el seguimiento y evaluación permanente del presupuesto de los proyectos de inversión de la empresa y coordinar la presentación y aprobación de modificaciones y ajustes ante las respectivas instancias nacionales.
-
- Asesorar a la Presidencia en la definición de las políticas que incidan en los objetivos de la Institución.
-
- Evaluar los resultados tanto del plan misional, plan de acción, plan de contingencia como del plan estratégico y proponer a la Presidencia los ajustes necesarios.
-
- Asesorar a todas las dependencias de la empresa en la ejecución de los planes y programas Institucionales e igualmente en los procesos de Planeación y Programación.
-
- Asesorar a todas las dependencias de la empresa en el desarrollo y documentación de los manuales de procesos y procedimientos, con el fin de racionalizar y estandarizar las actividades y recursos de la empresa.
-
- Asesorar a la Presidencia en la formulación de la política del sistema de información en cuanto a procesos informáticos, plataformas, arquitecturas, herramientas y recursos para la construcción y operación de sistemas de información.
-
- Diseñar el plan de sistematización de la entidad acorde con los procesos esenciales de la Entidad y determinar las necesidades tecnológicas de la Institución para dicho plan.
-
- Desarrollar y mantener el Plan de Desarrollo Informático Institucional.
-
- Conducir los planes y programas de modernización informática de la organización y someter a consideración de la Presidencia los cambios tecnológicos que favorezcan la operación de los sistemas.
-
- Diseñar mecanismos de seguridad necesarios para preservar, garantizar la confidencialidad, integridad y respaldo de la información de la Institución, almacenada en archivos magnéticos, así como en las bases de datos.
-
- Coordinar el programa de capacitación de operación de manejo del sistema, para el personal de la entidad.
-
- Dirigir el mantenimiento y optimización de los sistemas de información, con el fin de adecuarlos a las necesidades de los usuarios.
-
- Evaluar periódicamente el comportamiento computacional de los sistemas en producción y en desarrollo, con el objeto de prever con oportunidad las aplicaciones o modificaciones acordes a las necesidades institucionales.
-
- Las demás que le asigne la Presidencia de la Sociedad, o las que como resultado de la operación o de nuevas directrices tanto internas como externas deban ser adoptadas en la empresa.
Artículo 13.Oficina Asesora Jurídica. Son funciones de la Oficina Asesora Jurídica, las siguientes:
-
- Asesorar al Presidente en los aspectos legales que involucren la administración de la sociedad.
-
- Representar por delegación del Presidente, judicial y administrativamente a la sociedad.
-
- Asesorar al Vicepresidente Administrativo Financiero y al Vicepresidente Técnico en los asuntos de su competencia, que requieran asesoría jurídica.
-
- Adelantar las acciones judiciales y legales que permitan una defensa de los intereses de la empresa.
-
- Emitir los conceptos que sobre las diversas materias le soliciten el Presidente y las diferentes dependencias estructurales de la Sociedad y unificar criterios doctrinales al interior de la entidad.
-
- Interpretar y realizar la labor de análisis jurídico de las normas establecidas para el desarrollo del objeto de la sociedad.
-
- Presentar los informes que le requiera el Presidente o por su intermedio la Junta Directiva.
-
- Brindar el apoyo necesario al desarrollo de las estrategias misionales en el ámbito de su competencia.
-
- Rendir informes sobre la pertinencia y conveniencia para la sociedad de posibles conciliaciones, transacciones y demás actos y contratos originados en desarrollo de controversias administrativas o judiciales.
-
- Asistir y participar en el comité de conciliación y defensa judicial de la sociedad.
-
- Unificar criterios jurídicos y doctrinales para la mejor defensa de la sociedad.
-
- Las demás funciones inherentes a su naturaleza y las que sean asignadas por las normas legales vigentes.
Artículo 14.Vicepresidencia Técnica. Son funciones de la Vicepresidencia Técnica las siguientes:
-
- Proponer políticas de desarrollo del negocio de aseguramiento en salud.
-
- Administrar la red y base de datos y en general el sistema de información integral de salud de Cajanal S.A. EPS.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.