Por el cual se crean dos nuevos expendios de especies venales
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1° Auméntase en dos los expendios oficiales de especies venales, existentes actualmente en Bogotá, con la asignación mensual a estos funcionarios, asignada en el artículo 1° del Decreto número 272, de 31 de enero pasado.
Artículo 2° De conformidad con el artículo 5 del mismo Decreto, el Ministerio-de Hacienda y Crédito Público hará los nombramientos correspondientes.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 10 de marzo de 1942.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos LLERAS RESTREPO
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