Adicional al número 567 del corriente año

Rango Decreto
Publicación 1906-06-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1°. Restablécese el puesto de Jefe de Sección en la Secretaría de la Corte de Cuentas.
Artículo 2°. Además de los empleados enumerados en el artículo 1° del Decreto número 567 del corriente año, habrá en la referida Corporación dos Auxiliares supernumerarios, un Escribiente más en la Secretaría y un Ayudante del Archivero.
Artículo 3°. Los sueldos mensuales de los empleados subalternos de la Corte de Cuentas serán los siguientes:
Los Auxiliares de número, cada uno $90
Los Auxiliares supernumerarios, cada uno 80
El Secretario 100
Los Oficiales Mayores, Cada uno 90
El Jefe de Sección 70
El Archivero 70
Los Escribientes, cada uno 50
El Ayudante del Archivero 50
El Portero 40
El Conserje 30
Artículo 4°. Los empleados de que tratan los artículos 1° y 2° del presente Decreto serán nombrados por la Corte en Sala de Acuerdo, y prestarán sus servicios de la manera como lo ordene el Presidente de la Corte.
Artículo 5°. El presente Decreto empezará á regir desde el 1° de Junio próximo.

Dado en Bogotá, á 30 de Mayo de 1906.

R. REYES

EL Ministro de Hacienda y Tesoro,

JOSE M. CORDOBES M.

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