Por el cual se fija la dotación de personal de los Comandos y Unidades del Ejército, y se señala su acantonamiento

Rango Decreto
Publicación 1916-04-15
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1º La dotación de personal de los Comandos y Unidades del Ejército, en tiempo de paz, será la siguiente:

Comando de División.

Un General de División.

Un Coronel, Jefe de Estado Mayor.

Un Capitán, Ayudante.

Un Intendente de División.

Un Sargento primero.

Un Sargento segundo.

Cinco soldados.

Total:

Oficiales, 3.

Empleados militares, 1.

Tropa, 7.

Comando de Brigada.

Un General de Brigada.

Un Capitán, Ayudante.

Dos Tenientes (uno de ellos Oficial de Reclutamiento).

Dos Sargentos primeros.

Un Sargento segundo.

Un Cabo segundo.

Cuatro soldados.

Total:

Oficiales, 4.

Tropa 8.

Comando de Regimiento de Infantería.

Un Coronel.

Un Teniente, Ayudante.

Un Médico.

Un Contador.

Un Institutor Civil.

Ocho Sargentos primeros (un Practicante, un Ecónomo, un Armero, dos Jefes de taller, un Carpintero, un Jefe de Banda de Músicos y un Tambor Mayor).

Tres Sargentos segundos.

Dos Cabos primeros.

Un Cabo segundo

Tres soldados.

Total:

Oficiales, 2.

Empleados militares, 3.

Tropa, 17.

Comando de Batallón de Infantería.

Un Teniente Coronel o Mayor.

Un Teniente, Ayudante.

Dos Soldados (Asistentes).

Total:

Oficiales, 2.

Tropa, 2.

Compañía de Infantería.

Un Capitán.

Un Teniente.

Dos Subtenientes.

Un Sargento primero.

Seis Sargentos segundos.

Seis Cabos primeros.

Seis Cabos segundos.

Dos Cornetas.

Dos Tambores.

Dos Obreros.

Sesenta y ocho Soldados.

Total:

Oficiales, 4.

Tropa, 93.

Compañía de Ametralladoras.

Un Capitán.

Un Teniente.

Un Subteniente.

Un Sargento primero.

Un Sargento segundo.

Dos Cabos primeros.

Cuatro Cabos segundos (uno Armero).

Treinta y cuatro soldados (tres Asistentes).

Total:

Oficiales, 3.

Tropa, 42.

Comando de Grupo de Caballería.

Un Coronel o Teniente Coronel.

Un Mayor o Capitán, Oficial de Detall.

Un Teniente, Ayudante.

Un Subteniente, Oficial de Reclutamiento.

Un Médico.

Un Contador.

Un Institutor civil.

Ocho Sargentos primeros (un Practicante, un Ecónomo, un Armero, dos Jefes de taller, un Carpintero, un Herrero y un Talabartero).

Un Sargento segundo (Enfermero).

Un Cabo primero (Guardaalmacén).

Dos Cabos segundos (Escribientes).

Tres Obreros (Talabarteros).

Siete Soldados (dos para el casino de Oficiales y cinco Asistentes).

Total:

Oficiales, 4.

Empleados militares, 3.

Tropa. 22.

Escuadrón de Caballería.

Un Capitán.

Un Teniente.

Dos Subtenientes.

Un Sargento primero.

Cinco Sargentos segundos.

Siete Cabos primeros.

Siete Cabos segundos.

Dos Trompetas.

Tres Obreros.

Setenta y siete Soldados.

Total:

Oficiales, 4.

Tropa, 102.

Escuadrón de Ametralladoras.

Un Capitán.

Un Subteniente.

Un Sargento primero.

Un Sargento segundo.

Dos Cabos primeros.

Cuatro Cabos segundos (uno Armero).

Treinta y cuatro Soldados (dos Asistentes).

Total:

Oficiales, 2.

Tropa, 42.

Comando de Grupo de Artillería.

Un Coronel o Teniente Coronel.

Un Mayor, Oficial de Detall.

Un Teniente, Ayudante.

Un Subteniente (Oficial de Reclutamiento).

Un Médico.

Un Contador.

Un Institutor civil.

Ocho Sargentos primeros (un Practicante, un Ecónomo, un Armero, tres Jefes de taller, un Escribiente y un Herrero).

Un Sargento segundo (Enfermero).

Un Cabo primero (Guardaalmacén).

Dos Cabos segundos (Escribientes).

Tres Obreros (dos Talabarteros y un Armero).

Siete Soldados (dos para el casino de Oficiales y cinco Asistentes).

Total:

Oficiales, 4.

Empleados militares, 3.

Tropa, 22.

Batería de Artillería de Montaña.

Un Capitán.

Un Teniente.

Dos Subtenientes.

Un Sargento primero.

Seis Sargentos segundos.

Siete Cabos primeros (uno Herrero).

Seis Cabos Segundos.

Dos Cornetas.

Tres Obreros.

Noventa y cinco Soldados.

Total:

Oficiales, 4.

Tropa, 120.

Comando de Batallón de Ingenieros.

Un Coronel o Teniente Coronel.

Un Mayor, Oficial de Detall.

Un Teniente, Ayudante.

Un Subteniente (Oficial de Reclutamiento).

Un Médico.

Un Contador.

Un Institutor civil.

Nueve Sargentos primeros (un Practicante, un Ecónomo, un Armero, un Telegrafista, tres Jefes de taller, un Carpintero y un Escribiente).

Un Sargento segundo (Enfermero).

Un Cabo primero (Guardaalmacén).

Dos Cabos segundos (Escribientes).

Tres Obreros (Zapatero, Carpintero y Talabartero).

Siete Soldados (dos para el casino de Oficiales y cinco Asistentes).

Total:

Oficiales, 4.

Empleados militares, 3.

Tropa. 23.

Compañía de Ingenieros.

Un Capitán.

Un Teniente.

Dos Subtenientes.

Un Sargento primero.

Cinco Sargentos segundos.

Cinco Cabos primeros.

Cinco Cabos segundos.

Dos Cornetas.

Dos Tambores.

Tres Obreros (Sastre, Zapatero y Talabartero).

Noventa y dos Soldados (un Escribiente, dos Rancheros y cuatro Asistentes).

Total:

Oficiales, 4.

Tropa, 115.

Comando de Batallón de Tren.

Un Coronel o Teniente Coronel.

Un Mayor, Oficial de Detall.

Un Teniente, Ayudante.

Un Subteniente (Oficial de Reclutamiento).

Un Médico.

Un Contador.

Un Institutor civil.

Ocho Sargentos primeros (un Practicante, un Ecónomo, un Escribiente, tres Jefes de taller, un Carpintero y un Tambor Mayor).

Un Sargento segundo (Enfermero).

Un Cabo primero (Guardaalmacén).

Dos Cabos segundos (Escribientes).

Tres Obreros (Zapatero, Sastre y Talabartero).

Siete Soldados (dos para el casino de Oficiales y cinco Asistentes).

Total:

Oficiales, 4.

Empleados militares, 3.

Tropa. 22.

Compañía de Tren.

Un Capitán.

Un Teniente.

Dos Subtenientes.

Un Sargento primero.

Cinco Sargentos segundos.

Seis Cabos primeros (uno Herrero).

Cinco Cabos segundos.

Dos Cornetas.

Dos Tambores.

Tres Obreros (Sastre, Zapatero y Talabartero).

Noventa y un Soldados.

Total:

Oficiales, 4.

Tropa, 115.

Artículo 2º. Los Oficiales de Reclutamiento de los Comandos de Brigada serán del grado de Teniente, a excepción del de la primera Brigada, que tendrá el grado de Capitán.
Artículo 3º. Los Regimientos de Infantería de la primera Brigada tendrán cada uno dos Oficiales de Reclutamiento del grado de Subteniente, que harán parte de la Plana Mayor. Los Ayudantes del Comando de Batallón de los Regimientos de Infantería de las demás Brigadas desempeñarán las funciones de Oficiales de Reclutamiento.
Artículo 4º. Las Compañías de los Regimientos de Infantería de la primera Brigada, tendrán cada una doce soldados más de la dotación señalada en este Decreto.
Artículo 5º. El Regimiento de Caballería Tolima, que en adelante se denominará Grupo de Caballería Tolima, y que constará de dos Escuadrones de jinetes y uno de ametralladoras; el Grupo de Artillería Bogotá, que se compondrá de dos Baterías; el Batallón de Ingenieros Caldas, que se compondrá de una Compañía de Zapadores y otra de tropas de comunicación; y el Batallón de Tren Soublette, que constará de dos Compañías, dependerán, en lo sucesivo, del Comando de la primera Brigada.
Artículo 6º. Los Comandos Superiores de las Divisiones residirán: el de la primera, en Bogotá; el de la segunda, en Cartagena, y el de la tercera, en Cali. Los Comandos de las Brigadas residirán; el de la primera, en Bogotá; el de la segunda, en Bucaramanga; el de la tercera, en Barranquilla; el de la cuarta, en Manizales; el de la quinta, en Ibagué, y el de la sexta, en Popayán.
Artículo 7º. Los Cuerpos de tropas tendrán los mismos acantonamientos que hoy, con excepción de los Regimientos Córdoba y Ayacucho, que harán las guarniciones de Manizales el primero, y de Ibagué el segundo. El primer Batallón del Regimiento Nariño hará la guarnición de Barranquilla, y el segundo, la de Santa Marta.
Artículo 8º. Por Decreto separado se efectuarán las promociones de Oficiales a que da lugar el presente. Queda facultado el Ministerio de Guerra para disponer, cuando lo estime oportuno, los cambios de acantonamiento de los Comandos y Unidades que fuere necesario hacer en cumplimiento de este Decreto.

Parágrafo. Queda en estos términos reformado el Decreto 713 de 1915, y el punto 3º del Reglamento orgánico del Ejército.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 7 de abril de 1916.

JOSE VICENTE CONCHA

El Ministro del Tesoro, encargado del Despacho de Guerra,

Salvador FRANCO.

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