Por el cual se ordena la publicación de una revista en la Imprenta Nacional
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y vista la solicitud del Presidente de la Academia Colombiana de Jurisprudencia, y de acuerdo con el artículo 21 de la Ley 141 de 1948,
DECRETA:
Artículo único. En la Imprenta Nacional y por cuenta del Gobierno, se editará la Revista de la Academia Colombiana de Jurisprudencia, en la misma forma en que se ha venido editando.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 8 de marzo de 1949.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Gobierno, DarioECHANDIA-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José María BERNAL
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