Por el cual se abre un crédito adicional al presupuesto de gastos

Rango Decreto
Publicación 1886-11-10
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultades legales,

DECRETA :

Artículo único. Ábrese al Presupuesto de Gastos provisorio del Ministerio de Instrucción pública para la vigencia económica de 1886 á 1887, el siguiente crédito adicional:

Capítulo 7.°

Impresiones oficiales y gastos imprevistos (M.)

Para pagar al Sr. Dr. José Belver el valor de 5,000 ejemplares del texto de " Gramática Castellana para el uso de las Escuelas primarias," según contrato de fecha 27 de Septiembre último, celebrado con el Ministerio de Instrucción pública, y aprobado por el Poder Ejecutivo nacional, y por la ley 33 expedida por el Consejo Nacional Legislativo, de fecha 25 de Octubre del año en curso, publicada en el número 6,843 del Diario Oficial, correspondiente al 29 del mismo mes de Octubre $ 3,000
Suma el crédito votado en este decreto, tres mil pesos $ 3,000

Publíquese.

Dado en Bogotá, á 2 de Noviembre de 1886.

J. M. CAMPO SERRANO.

El Ministro de Instrucción pública,

José Domingo Ospina C.

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