por el cual se crea un empleo y se fijan unas asignaciones en el ramo telegráfico
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
considerando
que la oficina telegráfica de Girardot está mal servida por un solo Oficial de Recibo;
Que el sueldo del empleado que desempeña actualmente este cargo es muy superior á los de igual categoría en otras oficinas,
decreta:
Artículo 1.° Créase, á partir del 15 de Julio del corriente año, un empleo más de Oficial de Recibo en la oficina telegráfica de Girardot.
Artículo 2.° El sueldo de cada uno de dichos oficiales será de $ 30 mensuales.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá á 7 de Julio de 1911.
CARLOS E. RESTREPO
El Ministro de Gobierno,
pedro m. CARREÑO
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