Por el cual se aprueba la Resolución número 75 de 1935, del Departamento Nacional de Higiene
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus facultades legales,
DECRETA:
Articulo único. Apruébase la siguiente Resolución:
"RESOLUCION NUMERO 75 DE 1935
(marzo 27)
por la cual se fija la imputación presupuestal a unos sueldos, se crea un cargo y se hace el respectivo nombramiento.
El Director del Departamento Nacional de Higiene,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
Que por medio de los Decretos números 1913 de 1933 (noviembre 20), 638 de 1934 (marzo 24) y 1486 bis del mismo año (julio 24), se creó un personal de Inspectores de Sanidad para varios puertos de las Comisarias del Caquetá y Putumayo, intendencia del Amazonas y oíros lugares de la República, personal que se venía pagando con la partida de defensa nacional asignada al Departamento Nacional de Higiene por Decreto número 2115 de 1933 (diciembre 20);
Que como dicha partida está agolada en su totalidad y no es posible aumentarla, están sin cubrir los sueldos de ese personal que ha prestado servicio en ei presente mes,
RESUELVE:
Artículo 1.° Durante el presente mes de marzo y con imputación al alucino 288, capítulo 63, del Presupuesto vigente, paganse los siguientes sueldos:
| inspector de Sanidad de Arauca, | $80. |
|---|---|
| Inspector de Sanidad o Caucayá, | $80. |
| inspector de Sanidad de Florencia | $80. |
| Inspector de Sanidad de La Pedrera | $80. |
| Inspector de Sanidad de Tarapacá | $80. |
Articulo 2.° Con imputación al artículo 296 del mismo capítulo, durante el presente mes de marzo, pagúense los siguientes sueldos:
Inspector Sanitario Rural de Villavicencio, 70.
Inspector Sanitario Rural de Villavicencio, $ 70.
Inspector Sanitario Rural de Tunja, $ 60.
Artículo 3.° Créase el cargo de Inspector Sanitario en Villavicencio, con la asignación mensual de setenta pesos ($ 70).
Este sueldo se imputará al artículo 296, capítulo 63, del Presupuesto vigente.
Artículo 4.° Nómbrase para desempeñar el cargo de. Inspector Sanitario en Villavicencio al señor Lázaro Caicedo R.
Sométase a la aprobación del Poder Ejecutivo.
Comuniquese y cúmplase.
Dada en Bogotá a veintisiete de marzo de mil novecientos treinta y cinco.
El Director, Arturo Robledo"
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 6 de abril de 1935,
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Agricultura y Comercio,
Cristóbal BOSSA
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