Por el cual se aprueba la Resolución número 75 de 1935, del Departamento Nacional de Higiene

Rango Decreto
Publicación 1935-04-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DE COMERCIO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades legales,

DECRETA:

Articulo único. Apruébase la siguiente Resolución:

"RESOLUCION NUMERO 75 DE 1935

(marzo 27)

por la cual se fija la imputación presupuestal a unos sueldos, se crea un cargo y se hace el respectivo nombramiento.

El Director del Departamento Nacional de Higiene,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

Que por medio de los Decretos números 1913 de 1933 (noviembre 20), 638 de 1934 (marzo 24) y 1486 bis del mismo año (julio 24), se creó un personal de Inspectores de Sanidad para varios puertos de las Comisarias del Caquetá y Putumayo, intendencia del Amazonas y oíros lugares de la República, personal que se venía pagando con la partida de defensa nacional asignada al Departamento Nacional de Higiene por Decreto número 2115 de 1933 (diciembre 20);

Que como dicha partida está agolada en su totalidad y no es posible aumentarla, están sin cubrir los sueldos de ese personal que ha prestado servicio en ei presente mes,

RESUELVE:

Artículo 1.° Durante el presente mes de marzo y con imputación al alucino 288, capítulo 63, del Presupuesto vigente, paganse los siguientes sueldos:
inspector de Sanidad de Arauca, $80.
Inspector de Sanidad o Caucayá, $80.
inspector de Sanidad de Florencia $80.
Inspector de Sanidad de La Pedrera $80.
Inspector de Sanidad de Tarapacá $80.
Articulo 2.° Con imputación al artículo 296 del mismo capítulo, durante el presente mes de marzo, pagúense los siguientes sueldos:

Inspector Sanitario Rural de Villavicencio, 70.

Inspector Sanitario Rural de Villavicencio, $ 70.

Inspector Sanitario Rural de Tunja, $ 60.

Artículo 3.° Créase el cargo de Inspector Sanitario en Villavicencio, con la asignación mensual de setenta pesos ($ 70).

Este sueldo se imputará al artículo 296, capítulo 63, del Presupuesto vigente.

Artículo 4.° Nómbrase para desempeñar el cargo de. Inspector Sanitario en Villavicencio al señor Lázaro Caicedo R.

Sométase a la aprobación del Poder Ejecutivo.

Comuniquese y cúmplase.

Dada en Bogotá a veintisiete de marzo de mil novecientos treinta y cinco.

El Director, Arturo Robledo"

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 6 de abril de 1935,

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Agricultura y Comercio,

Cristóbal BOSSA

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