Por el cual se traslada una partida en el Presupuesto de Gastos del año económico de 1906

Rango Decreto
Publicación 1906-06-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En ejercicio de Facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Trasládase en el Presupuesto de año de 1906, del Departamento de Justicia, Capítulo 1, artículo 173, 5°, la cantidad de $9,600, al del Tesoro, con la siguiente imputación:

MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO DEPARTAMENTO DEL TESORO

Servicio de 1906 Gastos varios

Artículo 251. Para atender a las insuficiencias que ocurran en cualquiera de los Presupuestos de los Ministerios, para evitar así los créditos suplementales y

extraordinarios $9,600
Suma $9,600

Parágrafo. Las oficinas ordenadoras y pagadoras verificarán en sus libros las operaciones á que dé lugar el presente Decreto.

Publíquese.

Dado en Bogotá, a 30 de Mayo de 1906.

R. REYES

EL Ministro de Hacienda y Tesoro,

JOSE M. CORDOBES M.

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