Por el cual se distribuye una apropiación (ramo de Puentes)
El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
decreta:
Artículo primero. Del saldo en la fecha correspondiente a la suma global apropiada en el actual presupuesto de gastos del ministerio de Obras Públicas, en el Capítulo 118, artículo 1846 "para la terminación de puentes, construcción, reparación y reconstrucción de otros", adiciónase la apropiación del ordinal. 1) para los puentes Bolombólo, sobre el río Cauca, en la carretera Medellín-Bolivar-Quibdó; Cambao, sobre el río Magdalena, en la carretera Bogotá-Armero; y Saldaño, sobre el rio Saldaña, en la carretera Girardot-Saldaña-Neiva, en la suma de $ 7.800.00.
Artículo segundo. De la partida apropiada en el Capítulo 118, Artículo 1846 del presupuesto de la vigencia fiscal de 1953 "para la terminación de puentes, construcción reparación y reconstrucción de, otros", hácese la siguiente distribución parcial para la ejecución de la siguiente obra:
| Capítulo 118, artículo 1846.-Ordinal 24. Para pontones y otras obras de arte en la carretera Gamarra-Ocaña | ||
|---|---|---|
| $ | 15.000.00 | 15.000.00 |
| --- | --- | --- |
Comuníquese y publíquese
Dado en Bogotá a 17 de marzo de 1953.
ROBERTO URDANETA:ARBELAEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Antonio Alvarez Restrepo.
El Ministro de Obras Públicas,
Jorge Leyva.
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