Por el cual se adiciona el número 487 de 20 de Octubre de 1899

Rango Decreto
Publicación 1900-02-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República

En uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

Que el Decreto número 487, de 20 de Octubre de 1899, tuvo por objeto únicamente poner á disposición del Gobierno en cualquier momento la vía férrea de la Sabana, porque el estado de guerra pudiera exigirlo para el transporte rápido de fuerzas, armamento y equipaje;

Que la administración directa de la Empresa del Ferrocarril de la Sabana por el Gobierno, y la cesación de las funciones de la Junta Directiva de la Compañía no entrañan un necesario cambio de administración en lo que se refiere al sistema de Contabilidad, ni á los empleados que los Estatutos previenen;

Que siendo de carácter transitorio las disposiciones dictadas últimamente en relación con el Ferrocarril de la Sabana, se causaría grave perjuicio con el cambio de sistema de Contabilidad, teniéndose en mira que esta Empresa seguirá rigiendo por sus propios Estatutos como entidad anónima, de acuerdo con el Código de Comercio,

"DECRETA

"Art. 1°. Consérvese el sistema de Contabilidad adoptado por la Compañía anónima del Ferrocarril de la Sabana desde su fundación.

"Art. 2.° Mientras esta Empresa permanezca administrada por el Gobierno, el Gerente, como responsable del Erario, rendirá sus cuentas á la Corte, pero en la forma que se menciona en el artículo anterior, observándose todas las disposiciones vigentes sobre Timbre nacional, etc.

Dado en Anapoima, Departamento de Cundinamarca á 30 de Enero de 1900.

manuel a. SANCLEMENTE

El Ministro de Hacienda,

carlos CALDERON

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