Por el cual se abre un crédito extraordinario al presupuesto de gastos para la vigencia económica de 1883 a 1884

Rango Decreto
Publicación 1884-08-13
Estado Vigente
Departamento SECRETARÍA DE FOMENTO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de los Estados Unidos de Colombia,

Vista la proposición aprobada por la Honorable Cámara de Representantes en sesión del día 2 de los corrientes, comunicada á la Secretaría de Gobierno en nota de 4 de los mismos, número 603, y

considerando:

Que no sólo falta partida en el Presupuesto de la vigencia económica en curso á qué imputar el gasto de la encuadernación del libro titulado "Homenaje al Libertador Simón Bolívar en su primer Centenario," obra que por esto no ha podido ser distribuida en la Cámara; sino que también falta partída á qué imputar los gastos que aún exigen la edición é impresión de dicha obra, por estar agotada la apropiada para impresiones oficiales,

decreta:

Art. 1.° Ábrese al Presupuesto de gastos para la vigencia económica en curso el siguiente crédito extraordinario:

SERVICIO DE 1883 Á 1884,

Departamento de Fomento.

Capítulo 89. Gastos varios.

Art. 407. Gastos de carácter general.

Parágrafo 6.° Para pagar lo que se adeude por la edición, impresión, encuadernación &o. de los dos mil ejemplares de la obra titulada " Homenaje al Libertador Simón Bolívar en su primer Centenario" $ 3,450

Art. 2.° Dése cuenta al Congreso del presente decreto en sus actuales sesiones, en cumplimiento del artículo 1,334 del Código Fiscal para los efectos del mismo.

Dado en Bogotá, á 7 de Agosto de 1884.

EZEQUIEL HURTADO.

El Secretario de Fomento,

josé joaquín vargas,

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.