Por el cual se aumenta una asignación
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
Que el Oficial segundo de la Sección de Negocios Generales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público tiene a su cargo en el día, no solamente todo lo relacionado con la estadística del personal del Ministerio, sino también la Proveeduría del mismo Despacho y las funciones de Ayudante de la Pagaduría,
DECRETA:
Artículo único. A partir del día primero de marzo del presente año, aumentase en cincuenta pesos ($ 50) mensuales la asignación del Oficial segundo de la Sección de Negocios Generales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 11 de abril de 1928.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Esteban JARAMILLO
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