Por el cual se disminuye una partida, se crea un cargo y se dicta otra disposición

Rango Decreto
Publicación 1941-04-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE TRABAJO, HIGIENE Y PREVISION SOCIAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo 1° A partir del primero de abril, disminuye en ciento cinco pesos ($ 105) mensuales la partida de gastos de sostenimiento del Centro de Higiene de Barranquilla.
Articulo 2° A partir del primero de abril, crease el puesto de Pagador-Almacenista del Centro de Higiene de Barrancfuillá.

El sueldo de este funcionario se pagará con la partida a que se refiere el artículo anterior.

Articulo 3° Adiciónase el Decreto número 323 de 1941, en el sentido de que la suma asignada para elementos del gabinete dental del Dispensario Antituberculoso de Bogotá ($ 480) en la presente vigencia, pueden ser gastados en los contados que estime conveniente el mismo Dispensario.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 2 de abril de 1941.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de la Economía Nacional, encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público,

Mariano Roldan

El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social,

José Joaquin Caicedo Castilla

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