Por el cual se aumenta el cómputo de las rentas nacionales y el de la Ley de Apropiaciones para el año fiscal de 1924

Rango Decreto
Publicación 1924-04-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades ilegales, y

considerando:

1 Que en el cómputo de las rentas y en de los gastas de la Ley de Apropiaciones de 1924 dejaron de incluirse Las partidas que en su respectivo lugar han debido fijarse de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 4° de ,1a Ley 79 de 1923; y 2° Que según informe suministrado por el Ministerio .de Obras Públicas al -de Haicieada. y Crédito Público, en oficio número 152, de 12 del presente mes, procedente la Sección 5°, el momento de las sumas indicadas en dicho artículo 4°, es el de $ 229,939-74,

decreta:

Artículo 1° Adicionarse el monto de rentas adicionales que recauden en el año de 1924 con la siguiente partida:

Ingresos varios.

41 A. Ingresos varios de que habla el artículo 4° de la Ley 79 da 1923 $ 229,93974
Artículo 2° Auméntase el monto da la Ley de Apropiaciones para el año fiscal de 1924, con la siguiente partida:

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

CAPITULO 64

Navegación Fluvial-Personal y -material.

Artículo 646 A. Para .el mejorare de las distintas vías lluviales de que habla la. Ley 79 de 1923, según lo dispuesto, en la parte final, del artículo 4° y en el 5° de dicha Ley. $ 229,939 7 4

Artículo 3° Por las .oficinas respectivas se describirán en los libros de contabilidad. las operaciones a que diere lugar el presente Decreto.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 15 de abril de 1924.

PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Hacienda y crédito Público, Aristóbulo ARCHILA.

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