Por los cuales se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1973 (Ministerios de Gobierno, Relaciones Exteriores, Desarrollo Económico, Educación Nacional y Obras Públicas), por $ 11.564.646

Rango Decreto
Publicación 1973-05-15
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que el numeral 1º del artículo 48 de la Ley de 9ª 1972, facultó al Gobierno Nacional para incorporar al Presupuesto, por medio de decreto, los nuevos recursos tributarios o del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos;

Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente para la buena marcha de la Administración Pública abrir unos créditos adicionales. al Presupuesto de Gastos de los Ministerios de Gobierno, Relaciones Exteriores, Desarrollo Económico, Educación Nacional y Obras Públicas, para la vigencia fiscal de 1973, por $ 11.564.646.00 financiados con el producto de los Bonos de la Ley 21 de 1963;

Que con base en lo dispuesto en el numeral 2º del articulo 101 del Decreto-ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 4 de 1973, por valor de $, 164.000.000.00, de los cuales se utilizan $ 11.564.646.00 para financiar los créditos presupuéstales de que trata este Decreto, y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

DECRETA:

Artículo 1º Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1973, con la cantidad de once millones quinientos sesenta y cuatro mil seiscientos cuarenta y seis pesos ($ 11.564.646.00) moneda legal, que con base en el Certificado de Disponibilidad número 4 del mismo año expedido por el Contralor General de la República se incorporarán con imputación al siguiente numeral:
Presupuesto de Rentas e Ingresos.
CAPITULO XIII
Recursos del Crédito.
a) Recursos del Crédito -Interno.
Numeral 106: Emisión de Bonos Ley 21 de 1963. $ 11.564.646.00
Suma el recurso $ 11.564.646.00
Articulo 2º Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto .de .Gastos para la vigencia fiscal de 1973.
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
Ministerio de Relaciones Exteriores.
CAPITULO 115
Ministerio de Relaciones Exteriores.
Programa 122.
Servicio Diplomático Exterior.
Bonos Ley-21/63
Gastos generales.
106-111-211. Artículo 1170-A. Materiales y suministros. $550.000
Ministerio de Educación Nacional.
CAPITULO 281
Ministerio dé Educación Nacional.
Programa .326.
Aportes a los Establecimientos Públicos del Sector Educativo.
Bonos Ley 21/63:
204-311-414. Artículo 3323-A. Para entregar a Colcultura para la Corporación del Ballet de Colombia 1.000.000
204-311-414. -Artículo 3323-B.Fundación Museo Santa Clara, Bogotá 500.000
Programa 327.
Aportes para el Desarrollo Regional de la Educación y la Cultura.
Bonos Ley 21/63.
203-319-413. Articulo 34G8-A. Departamento del Valle $ 500.000
Ordinal 1, Cali; Obras socio educativas de la Iglesia La Merced (reconstrucción) 500.000
Presupuesto de Inversión.
Ministerio de Gobierno.
CAPITULO 530
Ministerio de Gobierno.
Programa 533.
Aportes para el Desarrollo Regional por
Acción Comunal.
Subprograma 1. Fomento Educativo y Cultural.
Bonos Ley 21/63.
588-312. Artículo 5318-A. Departamento del Cauca 280.000
Proyectos.
1. Rosas Junta Central de Acción Comunal para un teatro 80.000
2. La Vega: A la Junta Central de Acción Comunal, para el Instituto de Educación Media Diversificada 200.000
Subprograma 2. Desarrollo Municipal.
Bonos Ley 21/63.
594-442. Artículo 5349-A. Departamento del Cauca. 400.000
Proyectos.
1. Rosas: Junta Central de Acción Comunal para pavimentación calles. 100.000
2. La Vega: Junta Central de Acción Comunal para pavimentación calles 100.000
3. Bolívar: Junta Central de Acción Comunal para pavimentación calles 200.000
Subprograma 3. Obras de salud.
Bonos Ley 21/63.
593-412. Artículo 5378-A. Departamento del Cauca 200.000
Proyecto 1. La Vega: Junta de Acción Comunal para puesto de salud 200.000
Subproyecto 4. Obras varias.
Bonos Ley 21/63.
594-443. Artículo 5414-A. Departamento del Quindío 1.000.000
Proyecto 1. Montenegro: Junta Central Acción Comunal para:
a) Canalización aguas lluvias Barrio Goretti 200.000
b) Alumbrado 150.000
c) Vivienda 150.000
d) Pavimentación 500.000
Ministerio de Desarrollo Económico
CAPITULO 650
Ministerio de Desarrollo Económico.
Programa 653.
Planeación y Fomento de los Departamentos y Municipios.
Bonos Ley 21/63.
605-442. Artículo 6587-A. Para entregar al Departamento de la Guajira, para electrificación y dotación de agua (Ley 19 de 1965). 4.000.000
Ministerio de Educación Nacional.
CAPITULO 680
Ministerio de Educación Nacional.
Programa 681.
Construcciones escolares.
Subprograma 5. Construcción y dotación de Colegios de Ciclo Básico.
Bonos Ley 21/63.
588-313, Articulo 6822-A. Colegio Santa Teresita del Municipio de Rosas (Cauca), construcción y reparación) 120.000
Ministerio de Obras Públicas.
CAPITULO 710
Ministerio de Obras Públicas.
Programa 712.
Estudios, construcción, reconstrucción y Conservación de Caminos Vecinales.
Bonos Ley 21/63.
584-264. Articuló 7267-A. Aporte al Fondo de Caminos Vecinales para estudios, construcción y reconstrucción de los siguientes caminos vecinales en la Seccional del Cauca. 3.014.646
Proyectos.
1. Carretera La Vega-Almaguer. 1.500.000
2. Carretera Los Milagros-Briceño. 1.014.646
3. Carretera San Lorenzo-San Pablo 500.00
Suman los créditos. $ 11.564.646
Artículo 3º La cantidad de $ 550.000.00 a que se refiere el articulo 1170-A de este Decreto debe ser girada a la Embajada de Colombia en Washington.
Artículo 4º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquense.

Dado en Bogotá, D. E., a 13 de abril de 1973.

MISAEL PASTRANA BORRERO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Llorente Martínez

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