Por el cual se modifica el Decreto 260 de este año
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1º Suprímese uno de los dos Ayudantes del Proveedor de la Campaña contra la bavtoneillosis y restablécese en su lugar, con el mismo sueldo, el puesto de Secretario; Mecanógrafo del Laboratorio de. Higiene de Nariño.
Artículo 2º El Farmacéutico del hospital de emergencia de Samaniego ejercerá, además, las funciones de Enfermero de dicho hospital.
Artículo 3º Queda en estos términos modificado el Decreto número 260 del presente año.
Comuniquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 10 de marzo de 1942,
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social,
José Joaquín CAICEDO CASTILLA
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