Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente

Rango Decreto
Publicación 1949-03-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 10 de marzo del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de la Ley de Apropiaciones vigente, según consta en el acta respectiva,

DECRETA:

Artículo 1º Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

Capítulo 38.

Del artículo 425. Para atender al servicio de amortización y pago de intereses de los Bonos de Crédito Territorial del 6% anual, expedidos a favor de aquella entidad para aumentar el capital de la misma

institución, de conformidad con lo dispuesto en las Leyes 29 de 1945 y 85 de 1946 $ 900.000.00
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
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Capítulo 117.
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Del artículo 2371. Para construcción de los cuarteles de Barrancabermeja 300.000.00
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Suman los contracréditos $ 1.200.000.00
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MINISTERIO DE HACIENDA YCREDITO PUBLICO
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Capítulo 38.

Al artículo 432-A. Para dar cumplimiento al Decreto legislativo número 204 de 1949, sobre expropiación de los edificios existentes en la manzana comprendida entre las carreras 7ª y 8ª y entre las

calles 7ª y 8ª de la ciudad de Bogotá $ 900,000.00
MINISTERIO DE GUERRA,
Capítulo 39.
Al artículo 440-A. Para construcción de los cuartetes de Barrancabermeja 300.000.00
Suman los créditos $ 1.200.000.00
1.200.000.00
1.200.000.00
Artículo 2º El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 11 de marzo de 1949.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Hernán JARAMILLO OCAMPO

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