Por el cual se determina el Presupuesto especial de gastos de la Estación Agronómica Tropical Juan de Dios Carrasquilla

Rango Decreto
Publicación 1918-05-03
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DE COMERCIO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° El Presupuesto de gastos de la Estación Agronómica Tropical para la vigencia económica comprendida entre el 1° de marzo de 1918 y el 28 de febrero de 1919, será por la Cantidad apropiada en el Presupuesto general de gastos de la Nación, en el artículo 570, parágrafo 2° del capítulo 61 o sea por la cantidad de $ 57,800.
Artículo 2° De la expresada cantidad de $ 57,800 se deducen los gastos de la Escuela Anexa a la Estación Agronómica tropical de los cuales se girarán directamente contra la Tesorería General de la República y serán pagados en Bogotá.
Artículo 3° Para los efectos de la contabilidad que debe llevar la Intendencia de la Estación Agronómica Tropical Juan de Dios Carrasquilla, por razón de los gastos a que dicha Intendencia debe atender directamente con las remesas que para el efecto le haga la Tesorería General de la República se abrirán las siguientes partidas:
a) Para pago de personal, de: la Estación Agronómica Tropical, en el año $12,000
b) Para gastos de material, jornales, viáticos, semillas, etc etc. en el año 31,780
c) Para gastos de alimentación, en el año 4,500
Suma $48,280

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 23 de abril de 1918.

JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Agricultura y Comercio, Luis MONTOYA S.

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